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Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí | |
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Sujeto Obligado | | pensiones slp |
| | Dirección General de Pensiones | | | |
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Periodo | |
01 Enero | | 2024 |
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Obligación | | Las actas y resoluciones del Comité de Transparencia de los sujetos obligados |
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Obligación específica. | | | | | |
| | Calendario de sesiones ordinarias del Comité de Transparencia. |
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A ) Artículo | | 84 | | | |
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B ) Fracción | | XLVI | | | |
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C ) Inciso | | D | | | |
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Registro general |
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| | Para Consultar el documento | | | |
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Acceso directo: LTAIPSLP84XLVID ENE 24.xlsx |
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Hipervinculo | | | | | |
http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2024.nsf/nombre_de_la_vista/481E2A217841AA3E06258ABE005278EE/$File/LTAIPSLP84XLVID+ENE+24.xlsx |
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Visor de Datos abiertos | | Datos digitales de caracter público, accesibles en linea, que pueden ser usados, reutilizados y redistribuidos por cualquier interesado. Ver CONAIP/SNT/ACUERDO/EXT13/04/2016-08 |
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TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN
Actas y resoluciones Comité de Transparencia_Calendario de sesiones ordinarias del Comité de Transparencia LTAIPSLP84XLVID Se publicará la información relacionada con el calendario de sesiones ordinarias del Comité de Transparencia
Tabla Campos
Ejercicio Fecha de inicio del periodo que se informa Fecha de término del periodo que se informa Número de sesión Mes Día Hipervínculo al acta de la sesión Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información Fecha de validación Fecha de actualización Nota
2024 01/01/2024 31/01/2024 1 ENERO 3 http://200.23.144.30:8080/Transparencia/01FORMATOS%20TRANSPARENCIA%20P%20ESTATAL%20ART%2084/2024%20PLATAFORMA%20ESTATAL%20ART%2084/46LTAIPESLP%20ART%2084%20FXLVIA-UT/01ENERO/ACTA%20MENSUAL%20ENE%2024.pdf Subdirección de Servicios Administrativos 09/02/2024 09/02/2024 SESIÓN COMITÉ DE TRANSPARENCIA
2024 01/01/2024 31/01/2024 1 ENERO 3 http://200.23.144.30:8080/Transparencia/01FORMATOS%20TRANSPARENCIA%20P%20ESTATAL%20ART%2084/2024%20PLATAFORMA%20ESTATAL%20ART%2084/46LTAIPESLP%20ART%2084%20FXLVIA-UT/01ENERO/RESOL%20INCOMP.pdf Subdirección de Servicios Administrativos 09/02/2024 09/02/2024 SESIÓN COMITÉ DE TRANSPARENCIA
2024 01/01/2024 31/01/2024 1 ENERO 3 http://200.23.144.30:8080/Transparencia/01FORMATOS%20TRANSPARENCIA%20P%20ESTATAL%20ART%2084/2024%20PLATAFORMA%20ESTATAL%20ART%2084/46LTAIPESLP%20ART%2084%20FXLVIA-UT/01ENERO/RESOL%20VP%20MENSUAL%20DIC%2023.pdf Diección General 09/02/2024 09/02/2024 SESIÓN COMITÉ DE TRANSPARENCIA
ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA DE LA DIRECCIÓN DE PENSIONES DEL ESTADO, DE FECHA 03 DE ENERO DEL AÑO 2024. En la ciudad de San Luis Potosí, S.L.P, en la Sala de Juntas de la Dirección de Pensiones del Estado, ubicada en la Calle de Francisco I. Madero #365 esquina con Independencia, Colonia Centro en esta ciudad Capital, y siendo las 11:00 horas, del día 03 de enero del año 2024, se reunieron los integrantes del Comité de Transparencia, a efecto de llevar a cabo la Sesión ordinaria, a la cual fueron convocados por su Presidenta, con el fin de desahogar el siguiente Orden del Día: 1. Lista de asistencia y establecimiento del quórum legal para la validez de la sesión. 2. Lectura y aprobación del Orden del Día. 3. Análisis a solicitud presentada por la Subdirección de Servicios Administrativos, en materia de declaratoria de incompetencia a solicitud de información publica, registrada con número de folio 240468323000071, de fecha 11 de diciembre, del año 2023 dos mil veintitrés, en la que solicitan diversa información. 4. Análisis sobre la petición presentada por la dirección general, solicita al comité de transparencia aprobación del proyecto de versión publica realizado al acta número 11 – 2023 de la sesión ordinaria de la H. Junta Directiva celebrada el 29 de noviembre de 2023, toda vez que la misma contiene información confidencial, consistente en datos personales. 5. Asuntos generales. Por lo que toca al punto 1 del Orden del Día, la Secretaria Técnica procedió a tomar la lista de asistencia correspondiente encontrándose presentes los servidores públicos: Lic. Gregoria Martínez Onofre en su carácter de Presidenta, C.P Magally Toro Ortiz en su carácter de Secretaria Técnica, L.E. Jorge Siller Azuara en su carácter de Coordinador del Comité, ISC. Salvador Martínez Zepeda en su carácter de Vocal, y la LB. Marcela López Sánchez en su carácter de Vocal, por lo que se declaró que se encontraban presentes la mayoría de los integrantes del Comité de Transparencia, declarándose la existencia de quórum, y en tal virtud los acuerdos y resoluciones que se tomen serán válidos. Por lo que toca al punto 2 del Orden del Día, la Presidenta puso a consideración de los integrantes del Comité el Orden del Día. En acuerdo quedo aprobado por mayoría de votos. Por lo que toca al punto 3 del Orden del Día, la Presidenta presentó y puso a consideración de los integrantes del Comité, análisis a solicitud de información pública registrada con número de folio 240468323000071, de fecha 11 de diciembre, del año 2023 dos mil veintitrés, en materia de declaratoria de incompetencia, con fundamento en los artículos 52 fracción II y 158 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí, en la que solicitan diversa información, descrito en el anexo de la resolución. En acuerdo quedo aprobado por mayoría de votos. Por lo que toca al punto 4 del Orden del Día, la Presidenta presentó y puso a consideración de los integrantes del Comité la Resolución de la Versión Pública realizada al ACTA NÚMERO 11 – 2023 DE LA SESIÓN ORDINARIA DE LA H. JUNTA DIRECTIVA CELEBRADA EL 29 DE NOVIEMBRE DE 2023, presentada por la Unidad de Transparencia de la Dirección de Pensiones, solicitada, por la Dirección General de Pensiones, para efecto de cumplir con las obligaciones señaladas en el artículo 84 fracción XIII de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado. Quedando aprobada por mayoría de votos. Por lo que toca al punto 5 del Orden del Día, la Presidenta preguntó a la Secretaria Técnica, si se contaba con asuntos generales agendados, informado que no se tenían asuntos para desahogar. Por último, los integrantes del Comité de Transparencia aprobaron por mayoría de votos el acta de la sesión, firmándose al calce para los efectos legales a que haya lugar. Se da por concluida la sesión siendo las 11:30 horas, del día 03 de enero del año 2024, dándose por enterados los aquí presentes de los acuerdos y resoluciones aquí aprobadas. COMITÉ DE TRANSPARENCIA
DE LA DIRECCIÓN DE PENSIONES DEL ESTADO GREGORIA MARTÍNEZ ONOFRE
PRESIDENTA DEL COMITÉ C.P. MAGALLY TORO ORTIZ
SECRETARIA TECNICA JORGE SILLER AZUARA
COORDINADOR DEL COMITÉ SALVADOR MARTÍNEZ ZEPEDA
VOCAL MARCELA LÓPEZ SÁNCHEZ
VOCAL RESOLUCIÓN EN LA QUE EL COMITÉ DE TRANSPARENCIA ACUERDA DECLARATORIA DE INCOMPETENCIA DE INFORMACIÓN DICTADA EN LA SESIÓN ORDINARIA DEL DÍA 03 DE ENERO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO. ANTECEDENTES. PRIMERO. En fecha 11 de diciembre del 2023 dos mil veintitrés, la Unidad de Transparencia de la Dirección de Pensiones del Estado, recibió solicitud de información pública, registrada con número de folio 240468323000071, en la que solicitan, textualmente lo siguiente: “…me gustaria saber
que puesto ocupa, cuanto percibe como sueldo por sus deberes, y el horario en que labora dentro del ayuntamiento de San luis potosi, el señor MAX…” SEGUNDO. El Titular de la Unidad de Transparencia en fecha 02 de enero de dos mil veinticuatro, notificó la recepción de la solicitud de información pública a la Subdirección de Servicios Administrativos, informando la recepción de la solicitud por estar relacionada con las atribuciones del área que pudiera conocer, generar, producir, resguardar y/o administra la información. TERCERO. El titular de la Unidad de Transparencia, con base en memorándum girado por la Subdirección Administrativa, en fecha 02 dos de enero 2024, fundamentado en el artículo 52 fracción II y 158, de la ley de TAIPESLP legislación aplicable, en el que informa, lo siguiente: “…De acuerdo al contenido de la solicitud de información, no es competencia de esta Dirección de Pensiones del Estado, conocer, generar, procesar y/o administrar, la información que solicita el peticionario, respecto a que: puesto ocupa, cuanto percibe como sueldo por sus deberes, y el horario en que labora dentro del ayuntamiento de San luis potosi, el señor MAX, en virtud que la Dirección de Pensiones del Estado de San Luis Potosí, es un organismo público descentralizado del Poder Ejecutivo del Estado, conforme a lo dispuesto por el artículo 2° fracción II, de la Ley de Pensiones y Prestaciones Sociales para los Trabajadores al Servicio del Estado de San Luis Potosí, el que a la letra dicen: Artículo 2º. Para efectos de esta Ley se entenderá por: II. DIRECCION DE PENSIONES: Organismo público descentralizado encargado de la administración de los fondos y otorgamiento de pensiones, jubilaciones y demás prestaciones sociales contempladas en esta Ley; La propia Dirección de Pensiones del Estado, está facultada para conocer respecto del personal que es contratado y labora para esta Institución, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 6 fracción IV, del Reglamento Interno de la Dirección de Pensiones del Estado, el que a la letra dice: Artículo 6°. Corresponde al jefe de Departamento de Servicios Administrativos el encargo de los siguientes asuntos. IV.- De conformidad con los lineamientos emitidos por la Dirección General a través del Reglamento Interior de Trabajo de la Dirección de Pensiones que rige a los trabajadores, administrar al personal adscrito a esta Dirección. En conclusión, la Dirección de Pensiones del Estado, no es el sujeto obligado competente para proporcionar información de la persona citada dentro del cuerpo de la solicitud. En ese tenor, informar al peticionario, dirija su solicitud de información pública al H. Ayuntamiento de San Luis Potosí, podría ser el sujeto obligado competente para proporcionar lo solicitado, conforme a los siguientes datos de contacto localizados en la web, que son los siguientes: https://sitio.sanluis.gob.mx/SanLuisPotoSi/...” CUARTO. En fecha 03 de enero del 2024 dos mil veinticuatro, el Comité de Transparencia de la Dirección de Pensiones del Estado, en sesión ordinaria resolvió confirmar declaratoria de notoria incompetencia, de la información contenida en solicitud de información pública con número de folio 240468323000071, lo anterior, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 52 fracción II y 158 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí, 2° fracción II, de la Ley de Pensiones y Prestaciones Sociales para los Trabajadores al Servicio del Estado de San Luis Potosí, artículo 6 Reglamento Interno de la Dirección, en ese sentido, la normativa no dispone la información se deba conocer, generar, procesar, almacenar, documentar y/o administrar por este sujeto obligado. QUINTO. Constituidos en la sala de Juntas de la Dirección de Pensiones del Estado, se analiza redactar acuerdo, mediante el que se confirma declaratoria de incompetencia de la información respecto a lo solicitado en requerimiento formulado a la Dirección de Pensiones, una vez analizado el asunto, los integrantes del Comité de Transparencia de la Dirección de Pensiones del Estado, por mayoría de votos acuerdan procedente la emisión del presente acuerdo en materia de confirmar declaratoria de incompetencia; y SEXTO. Que el Comité de Transparencia de la Dirección de Pensiones del Estado, es competente para confirmar, modificar o revocar las determinaciones que en materia de ampliación del plazo de respuesta, clasificación de la información y declaratoria de inexistencia o de incompetencia realicen los titulares de las áreas de los Sujetos Obligados de conformidad con lo establecido en el artículo 52 Fracción II de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí, 44 Fracción II de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. R E S O L U C I O N
PRIMERO. El Comité de Transparencia de la Dirección de Pensiones, resultó competente para conocer y resolver el presente asunto, en términos de lo dispuesto por los artículos 52 Fracción II y 158 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado. SEGUNDO. Se confirma la declaratoria de notoria incompetencia de la información formulada en solicitud de información pública con número de folio 240468323000071, que realiza la Subdirección de Servicios Administrativos, lo anterior, con fundamento en los artículos 52 fracción II y 158 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí. ÚNICO. Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 52 fracción II y 158 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí, 2° fracción II, de la Ley de Pensiones y Prestaciones Sociales para los Trabajadores al Servicio del Estado de San Luis Potosí, se determina confirmar declaratoria de notoria incompetencia de la información, respecto al requerimiento formulado en la solicitud de acceso a la información pública, con folio 240468323000071, de fecha 11 once de diciembre del 2023 dos mil veintitrés. TERCERO. Se instruye a la Unidad de Transparencia, notificar el presente acuerdo al solicitante, a través de los medios que señalo para oír y recibir toda clase de notificaciones. CUARTO. Difúndase el presente acuerdo en la página de transparencia, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 84 Fracción XLVI de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado. QUINTO. Recomendar al solicitante, dirigir su solicitud de información pública, al H. Ayuntamiento de San Luis Potosí. Con lo anterior, se da por concluida la sesión siendo las 11:30 horas del día 03 tres de enero del año 2024 dos mil veinticuatro, firmando al calce los miembros del Comité que asistieron a la misma, y para los efectos legales a que haya lugar.---------------------------------------------------------------------------------- COMITÉ DE TRANSPARENCIA
DE LA DIRECCIÓN DE PENSIONES DEL ESTADO GREGORIA MARTÍNEZ ONOFRE
PRESIDENTA C.P. MAGALLY TORO ORTIZ
SECRETARIA TECNICA JORGE SILLER AZUARA
COORDINADOR SALVADOR MARTÍNEZ ZEPEDA
VOCAL MARCELA LÓPEZ SÁNCHEZ
VOCAL RESOLUCIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA DE LA DIRECCIÓN DE PENSIONES DEL ESTADO, POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LA VERSIÓN PÚBLICA REALIZADA AL ACTA DE LA JUNTA DIRECTIVA DE ESTE ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DE FECHA 29 DE NOVIEMBRE DE 2023. C O N S I D E R A N D O I. Que el siete de octubre de dos mil veintiuno, el director de la Dirección de Pensiones del Estado de San Luis Potosí, integró el Comité de Transparencia de dicho Organismo, especificando que las funciones de dicho Órgano Colegiado se encuentran establecidas en el artículo 52 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí, y de sus demás correlativos aplicables en la materia. II. Que el Comité de Transparencia de la Dirección de Pensiones del Estado de San Luis Potosí, se rige por la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, Ley de Pensiones y Prestaciones Sociales para los Trabajadores al Servicio del Estado de San Luis Potosí, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí, Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado, Lineamientos Generales en Materia de Clasificación y Desclasificación de la Información, y demás normatividad aplicable en la materia. III. Que el 02 dos de enero de 2024, la Dirección General, a efecto de dar cumplimiento a sus obligaciones señaladas en el artículo 84 fracción XIII, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí, solicitó, al Comité de Transparencia la aprobación del Proyecto de Versión Publica realizado al ACTA NÚMERO 11 – 2024 DE LA SESIÓN ORDINARIA DE LA H. JUNTA DIRECTIVA CELEBRADA EL 29 DE NOVIEMBRE DE 2023. IV. Que el Comité de Transparencia de la Dirección de Pensiones del Estado |
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