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Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí | |
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Sujeto Obligado | | slp slp |
| | San Luis Potosí | | | |
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Periodo | |
06 Junio | | 2024 |
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Obligación | | La información relativa a los fondos de ayuda federal para la seguridad pública, incluyendo lo siguiente: |
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Obligación específica. | | | | | |
| | El nombre, denominación o razón social y clave del registro federal de los contribuyentes a los que se les hubiera cancelado, condonado, o cualquier otra expresión que se utilice con los mismos efectos sobre algún crédito fiscal, así como los montos respectivos. |
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A ) Artículo | | 85 | | | |
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B ) Fracción | | I | | | |
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C ) Inciso | | F1 | | | |
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Registro general |
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| | Para Consultar el documento | | | |
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Acceso directo: 48 LTAIPSLP85IF1.xlsx |
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Hipervinculo | | | | | |
http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2024.nsf/nombre_de_la_vista/70A0E50EBC80146906258B4F0081BAD2/$File/48+LTAIPSLP85IF1.xlsx |
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Visor de Datos abiertos | | Datos digitales de caracter público, accesibles en linea, que pueden ser usados, reutilizados y redistribuidos por cualquier interesado. Ver CONAIP/SNT/ACUERDO/EXT13/04/2016-08 |
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TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN
Contribuyentes que recibieron cancelación o condonación de créditos fiscales LTAIPSLP85IF1 La exención o condonación de créditos fiscales realizada por el gobierno a través de su autoridad fiscalizadora, consiste en la exclusión total o parcial de la obligación de pago de los sujetos pasivos del impuesto . Generalmente en los códigos fiscales correspondientes se determinan los tipos de condonaciones. Tabla Campos
Ejercicio Fecha de inicio del periodo que se informa Fecha de término del periodo que se informa Personería jurídica (catálogo) Nombre(s) completo Primer apellido Segundo apellido Razón social RFC de la persona física o moral Entidad Federativa (catálogo) Fecha de la solicitud de la cancelación o condonación Tipo de crédito fiscal condonado o cancelado (catálogo) Monto cancelado o condonado Justificación de la cancelación o condonación Fecha de la cancelación o condonación Denominación de la autoridad externa o interna que determinó el crédito Denominación de la autoridad responsable de la cancelación o condonación Hipervínculo al listado de créditos fiscales cancelados o condonados publicados por el SAT Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información Fecha de validación Fecha de actualización Nota
2024 01/06/2024 30/06/2024 Persona física NO SE GENERA INFORMACION NO SE GENERA INFORMACION NO SE GENERA INFORMACION NO SE GENERA INFORMACION NO SE GENERA INFORMACION San Luis Potosí 03/07/2024 Multas 0 "LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS EN SU ARTICULO 115, FRACCION IV, INCISO C, REFIERE A: LOS MUNICIPIOS ADMINISTRARAN LIBREMENTE SU HACIENDA, LA CUAL SE FORMARÁ DE LOS RENDIMIENTOS DE LOS BIENES QUE LES PERTENEZCAN, ASI COMO DE LAS CONTRIBUCIONES Y OTROS INGRESOS QUE LAS LEGISLATURAS ESTABLEZCAN A SU FAVOR, Y EN TODO CASO: C). LOS INGRESOS DERIVADOS DE LA PRESENTACION DE SERVICIOS PUBLICOS A SU CARGO. LAS LEYES FEDERALES NO LIMITARAN LA FACULTAD DE LOS ESTADOS PARA ESTABLECER LAS CONTRIBUCIONES A QUE SE REFIEREN LOS INCISOS A) Y C), NI CONCEDERAN EXCENCIONES EN RELACION CON LAS MISMAS. LAS LEYES ESTATALES NO ESTABLECERAN EXCENCIONES O SUBSIDIOS EN FAVOR DE PERSONA O INSTITUCION ALGUNA RESPÉCTO DE DICHAS CONTRIBUCIONES. LA LEY ORGANICA DEL MUNICIPIO LIBRE DE SAN LUIS POTOSI, EN RELACION CON EL NORMATIVO 32, FRACCION II, MENCIONA: QUEDAN IMPEDIDOS LOS AYUNTAMIENTOS PARA: II. COBRAR CONTRIBUCIONES, Y OTORGAR EXCENCIONES Y SUBSIDIOS QUE NO ESTEN ESTABLECIDOS EN SU LEY DE INGRESOS. EN BASE A LA LEY DE HACIENDA PARA LOS MUNICIPIOS DE SAN LUIS POTOSI, TITULO PRIMERO, CAPITULO UNICO, DISPOSICIONES GENERALES, ARTICULO 9°. LAS AUTORIDADES MUNICIPALES NO PODRAN OTORGAR EXCENCIONES, DESCUENTOS O REDUCCIONES DE IMPUESTOS O DERCHOS, CON EXCEPCION DE LOS SEÑALADOS EN LOS ARTICULOS 16 EN SU SEGUDNO PARRAFO, 18, 20 EN SU SEGUNDO Y TERCER PARRAFOS, 27, 29 Y 43 EN SU SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO PARRAFO DE ESTA LEY. SOLAMNET PREVIO ACUERDO DE CABILDO PODRA OTORGARSE REDUCCIONES Y SUBSIDIOS EN RECARGOS Y MULTAS EN FORMA GENERAL, CUANDO LAS CIRCUNSTANCIAS ECONOMICAS LO JUSTIFIQUEN. EN ESTE PERIODO NO SE HAN REALIZADO CONDONACIONES O CANCELACIONES DE CREDITOS FISCALES, POR LO TANTO, NO CONTAMOS CON LISTA DE CONTRIBUYENTES A LOS QUE SE LES HAYA EFECTUADO DICHA CONDONACION O CANCELACION" 30/06/2024 NO SE GENERA INFORMACION TESORERO http://www.cegaipslp.org.mx/HV2020Dos.nsf/nombre_de_la_vista/544BA723B7031DB5862585F900606972/$File/FUNDAMENTO++QUE+SUSTENTA++NO+GENERO+DE+INFORMACION+85IF1.docx DIRECCION DE INGRESOS 03/07/2024 03/07/2024 "LAS CELDAS PERSONA JURIDICA, ENTIDAD FEDERATIVA, TIPO DE CREDITO FISCAL, SE LLENARON PARA DAR CUMPLIMIENTO AL FORMATO ESTE SUJETO OBLIGADO SI ESTA FACULTADO PARA GENERAR LA INFORMACION REQUERIDA EN LAS COLUMNAS NOMBRE COMPLETO, PRIMER APEIDO, SEGUNDO APEIDO, RAZON SOCIAL, RFC, ENTIDAD FEDERATIVA, FECHA SOLICITUD, MONTO CANCELADO O CONDONADO, JUSTIFICACION DE LA CANCELACION O CONDONACION, FECHA DE LA CANCELACION O CONDONACION, DENOMINACION DE LA AUTORIDAD, DESNOMINACION DE LA AUTORIDAD RESPONSABLE, HIPERVINCULO AL LISTADO, AREA RESPONSABLE, DURANTE EL PERIODO DE JUNIO NO SE GENERO NINGUN TIPO DE CANCELACION O CONDONACION DE CREDITOS FISCALES, RAZON POR LA CUAL CON RELACIÓN AL ART. 84 FRACCIÓN IX DE LA LEY DE TRANSPARENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, REFERENTE A LA EXENCION O CONDONACION DE CREDITOS FISCALES QUE PERMITAN RENDIR CUENTA DE SUS OBJETIVOS Y RESULTADOS Y EN PARTICULAR AL DOCUMENTO, EN SU CASO, A LA VERSIÓN PÚBLICA, QUE HAYA REALIZADO ESTE MUNICIPIO DE SAN LUIS POTOSI:SE INFORMA QUE NO SE HA REALIZADO NINGUNA EXENCION O CONDONACION DE CREDITOS FISCALES , POR LO QUE NO EXISTE INFORMACIÓN DOCUMENTADA QUE SUSTENTE A ESTE REQUERIMIENTO. CONFORME A LAS FUNCIONES ESTABLECIDAD EN EL PUNTO 3.2.6.1 DEL MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN DEL H. AYUNTAMIENTO DE SAN LUIS POTOSI; CORRELATIVAMENTE EN LO DISPUESTO EN EL NORMATIVO 149, FRACCION XXXI DEL REGLAMENTO DEL MUNICIPIO LIBRE DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI, LA DIRECCION DE INGRESOS, UNICAMENTE TIENE FACULTADES PARA DISEÑAR LAS BASES NORMATIVAS INTERNAS PARA LA LIQUIDACION, RECAUDACION, ENTERO DE IMPUESTOS, FOMENTAR Y PROYECTAR LOS INGRESOS DEL AYUNTAMEINTO DE SAN LUIS POTOSI, APOYAR LA FORMULACUION DEL ANTEPROYECTO DE LA LEY DE INGRESOS PARA EL EJERCICIO FISCAL ANUAL SIGUEINTE, PROPONER, LIQUIDAR Y RECAUDAR LOS IMPUESTOS, CONTRIBUCIONES DE MEJORAS, DERECHOS, PRODUCTOS Y APROVECHAMIENTOS QUE CORRESPONDEN AL MUNICIPIO CONFORME A LA RESPECTIVA LEY DE INGRESOS MUNICIPALES Y DEMAS LEYES FISCALES, INCLUYENDO LAS PARTICIPACIONES Y TRANSFERENCIAS FEDERALES Y ESTATALES. CONCENTRAR, CONTROLAR Y DEPOSITAR TODOS LOS INGRESOS COBRADOS EN LAS DISTINTAS CAJAS, OFICINAS Y OTROS PUNTOS DE RECAUDACION DETERMINADOS POR LA TESORERIA MUNICIPAL. EJERCER LA FACULTAD ECONOMICO-COACTIVA PARA HACER EFECTIVO EL PAGO DE LAS CONTRIBUCIONES CUYO COBRO LE CORRESPONDA AL MUNICIPIO, EN REPRESENTACION DEL TESORERO MUNICIPAL. LAS CELDAS NOMBRE COMPLETO, PRIMER APEIDO, SEGUNDO APEIDO, RAZON SOCIAL, RFC, DENOMINACION DE LA AUTORIDAD, SE HACE MENCION QUE, LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS EN SU ARTICULO 115, FRACCION IV, INCISO C, REFIERE A: LOS MUNICIPIOS ADMINISTRARAN LIBREMENTE SU HACIENDA, LA CUAL SE FORMARÁ DE LOS RENDIMIENTOS DE LOS BIENES QUE LES PERTENEZCAN, ASI COMO DE LAS CONTRIBUCIONES Y OTROS INGRESOS QUE LAS LEGISLATURAS ESTABLEZCAN A SU FAVOR, Y EN TODO CASO: C). LOS INGRESOS DERIVADOS DE LA PRESENTACION DE SERVICIOS PUBLICOS A SU CARGO. LAS LEYES FEDERALES NO LIMITARAN LA FACULTAD DE LOS ESTADOS PARA ESTABLECER LAS CONTRIBUCIONES A QUE SE REFIEREN LOS INCISOS A) Y C), NI CONCEDERAN EXCENCIONES EN RELACION CON LAS MISMAS. LAS LEYES ESTATALES NO ESTABLECERAN EXCENCIONES O SUBSIDIOS EN FAVOR DE PERSONA O INSTITUCION ALGUNA RESPÉCTO DE DICHAS CONTRIBUCIONES. LA LEY ORGANICA DEL MUNICIPIO LIBRE DE SAN LUIS POTOSI, EN RELACION CON EL NORMATIVO 32, FRACCION II, MENCIONA: QUEDAN IMPEDIDOS LOS AYUNTAMIENTOS PARA: II. COBRAR CONTRIBUCIONES, Y OTORGAR EXCENCIONES Y SUBSIDIOS QUE NO ESTEN ESTABLECIDOS EN SU LEY DE INGRESOS. EN BASE A LA LEY DE HACIENDA PARA LOS MUNICIPIOS DE SAN LUIS POTOSI, TITULO PRIMERO, CAPITULO UNICO, DISPOSICIONES GENERALES, ARTICULO 9°. LAS AUTORIDADES MUNICIPALES NO PODRAN OTORGAR EXCENCIONES, DESCUENTOS O REDUCCIONES DE IMPUESTOS O DERCHOS, CON EXCEPCION DE LOS SEÑALADOS EN LOS ARTICULOS 16 EN SU SEGUDNO PARRAFO, 18, 20 EN SU SEGUNDO Y TERCER PARRAFOS, 27, 29 Y 43 EN SU SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO PARRAFO DE ESTA LEY. SOLAMNET PREVIO ACUERDO DE CABILDO PODRA OTORGARSE REDUCCIONES Y SUBSIDIOS EN RECARGOS Y MULTAS EN FORMA GENERAL, CUANDO LAS CIRCUNSTANCIAS ECONOMICAS LO JUSTIFIQUEN. EN ESTE PERIODO NO SE HAN REALIZADO CONDONACIONES O CANCELACIONES DE CREDITOS FISCALES, POR LO TANTO, NO CONTAMOS CON LISTA DE CONTRIBUYENTES A LOS QUE SE LES HAYA EFECTUADO DICHA CONDONACION O CANCELACION" |
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