Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí

Sujeto Obligadopgje slp
Fiscalía General del Estado de San Luis Potosí.

Periodo
10 Octubre2024

ObligaciónLas recomendaciones emitidas por los órganos públicos del Estado mexicano u organismos internacionales garantes de los derechos humanos, así como las acciones que han llevado a cabo para su atención, hasta su total cumplimiento.

Obligación específica.
Los mecanismos de participación ciudadana.

A ) Artículo84

B ) FracciónXLIV

C ) IncisoA


Registro general

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TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN
Participación ciudadana_Mecanismos de participación ciudadana LTAIPSLP84XLIVA La información respecto a los mecanismos que permitan, convoquen o fomenten la participación de las personas a través de opiniones, propuestas, manifestaciones, análisis, colaboraciones, entre otras; que sean individuales o como parte de consejos o comités, y que estén relacionadas con la toma de decisiones de interés público y el quehacer de las instituciones. Tabla Campos
Ejercicio Fecha de inicio del periodo que se informa Fecha de término del periodo que se informa Denominación del mecanismo de participación ciudadana Fundamento jurídico, en su caso Objetivo(s) del mecanismo de participación ciudadana Alcances del mecanismo de participación ciudadana Hipervínculo a la convocatoria Temas sujetos a revisión y consideración Requisitos de participación Cómo recibirá el sujeto obligado las propuestas Medio de recepción de propuestas Fecha de inicio recepción de las propuestas Fecha de término recepción de las propuestas "Área(s) y persona(s) servidora(s) pública(s) con las que se podrá establecer contacto
Tabla_550553" Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información Fecha de actualización Nota
2024 01/10/2024 31/10/2024 No se generó No se generó No se generó No se generó http://www.cegaipslp.org.mx/HV2024Dos.nsf/nombre_de_la_vista/B8AED06A2C7A977406258BC7005E2908/$File/JUSTIFICACIÓN+MECANISMOS+DE+PARTICIPACIÓN+CIUDADANA.docx No se generó No se generó No se generó No se generó 00/00/0000 00/00/0000 1 Fiscalía Especializada en Materia de Delitos Electorales 07/11/2024 "La Fiscalía Especializada en Materia de Delitos Electorales, perteneciente a la Fiscalía General del Estado de San Luis Potosí, como sujeto obligado “sí está facultado para generar la información requerida, de conformidad con lo establecido en el artículo 53 y 56 del Reglamento Interno de la Fiscalía General del Estado de San Luis Potosí, sin embargo, en el mes que se reporta no se llevaron a cabo mecanismos de participación ciudadana en virtud que éstos se realizan únicamente cuando hay procesos electorales en nuestro Estado, por lo que no existe información de interés público que reportar en este mes, de igual forma se señala que en las columnas M y N, se informa el número 00/00/0000, asimismo en las columnas D, E, F, G, I, J, K, L se agregó ""No se generó"", únicamente para cumplir con el llenado del formato. En la tabla 550553, en la columna U (Domicilio en el extranjero, en su caso) se informa la leyenda, no se genera, sin embargo, no se cuenta con domicilio en el extranjero. A continuación se transcriben los artículos arriba señalados “REGLAMENTO INTERNO DE LA FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ Artículo 53. Unidades de auxilio de la Fiscalía Especializada en Materia de Delitos Electorales
El Fiscal Especializado en Materia de Delitos Electorales, para el trámite y resolución de los asuntos de su competencia, así como para la mejor distribución y desarrollo del trabajo y el despacho de los asuntos, se auxiliará de las Unidades Administrativas previstas en el presente Reglamento Interno y podrá delegar sus atribuciones, en forma parcial o total, cuando expresamente así se establezca. I. Unidad de Atención e Intervención Inmediata; II. Unidad de Integración y Litigación; III. Unidad de Vinculación y Prevención del Delito Electoral, y
IV. Secretaria Técnica y Coordinación Administrativa; Las ausencias temporales del Fiscal Especializado, no mayores a 30 días hábiles, serán suplidas por los titulares de las Direcciones, en el orden de prelación, arriba descrito, previo acuerdo del Fiscal General. La estructura orgánica de las Unidades Administrativas estarán conformadas por los titulares respectivos, Directores de Área y demás servidores públicos que resulten necesarios para el desempeño de sus funciones y que se autoricen de conformidad con la disponibilidad presupuestal y la normatividad aplicable, que se señalen en los Manuales de Organización, quienes ejercerán sus funciones y atribuciones, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables, sujetándose a los procedimientos, lineamientos, normas y políticas internas que fije el Fiscal General y a las que, en su caso, establezcan en el ámbito de su competencia, otras Instituciones, Organismos y Entidades de la Administración Pública Estatal o Federal para el logro de los objetivos en el combate a los delitos electorales. Artículo 56. Unidad de Vinculación y Prevención del Delito Electoral
La Unidad de Vinculación y Prevención del Delito de la Fiscalía Especializada en Materia de Delitos Electorales, estará a cargo de un Director General, quien será nombrado y removido libremente por el Fiscal, será el órgano encargado de recopilar, analizar y sistematiza información de incidencia delictiva en materia de delitos electorales, con el fin de proponer e instrumentar políticas, estrategias y líneas de acción para combatir y prevenir la comisión de estos delitos, promoviendo la participación de la sociedad y de instituciones públicas y privadas. Estableciendo como eje central la prevención del delito para la protección del voto, para el desarrollo de sus actividades contara con las facultades siguientes: I. Proponer políticas, estrategias y líneas de acción para combatir los delitos electorales; II. Diseñar conjuntamente con la Fiscalía Especializada del fuero federal y autoridades administrativas y jurisdiccionales electorales locales y federales, programas de prevención de delitos electorales; III. Administrar la base de datos que contenga datos estadísticos; IV. Fungir como enlace ante los órganos de procuración de justicia, autoridades electorales e instituciones académicas y sociales en la suscripción de programas de prevención de delitos electorales; V. Diseñar el anteproyecto de los programas de colaboración con instituciones académicas de los cursos de profesionalización y especialización de los servidores públicos de la Fiscalía; VI. Colaborar en el diseño y contenidos de los cursos de capacitación en materia de delitos electorales; VII. Establecer relaciones interinstitucionales con organizaciones de la sociedad civil e Instituciones académicas con la finalidad de promover programas educativos que inhiban los delitos electorales, y
VIII. Las demás que le encomiende Fiscal General o el Fiscal Especializado en Materia de Delitos Electorales."
2024 01/10/2024 31/10/2024 No se generó No se generó No se generó No se generó http://www.cegaipslp.org.mx/HV2024Dos.nsf/nombre_de_la_vista/5C4A721447A3942D06258BCE0072EA3F/$File/JUSTIFICACION+COMUNICACION+SOCIAL.docx No se generó No se generó No se generó No se generó 00/00/0000 00/00/0000 2 Coordinación de Comunicación Social y Vinculación 07/11/2024 "Esta coordinación si está facultada para generar información solicitada, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 46 fracción XIII del Reglamento Interno de la Fiscalía; sin embargo, en este periodo no se generó información requerida en el mes que se reporta, toda vez que no se llevaron a cabo los medios o procedimientos para ello. No obstante, se acudió a las mesas de seguridad encabezadas por las autoridades estatales, sin embargo, son solo de presencia y de recepción de la información, posteriormente se analiza y por último se hace del interés público meramente de forma informativa. se señala que en las columnas M y N, se informa el número 00/00/0000, asimismo en las columnas D, E, F, G, I, J, K, L se agregó ""No se generó"", únicamente para cumplir con el llenado del formato. En la tabla 550553, en la columna U (Domicilio en el extranjero, en su caso) se informa la leyenda, no se genera, sin embargo, no se cuenta con domicilio en el extranjero. Reglamento Interno de la Fiscalía General del Estado de San Luis Potosí
Artículo 46. Coordinación de Comunicación Social y Vinculación
La Coordinación de Comunicación Social y Vinculación, será el área encargada de instrumentar la política de información, difusión, comunicación social y vinculación de la Fiscalía General, y estará a cargo de un Coordinador que será nombrado y removido libremente por el Fiscal General quien se auxiliará de las Unidades y del personal de confianza que sean necesarios para el desahogo de sus funciones, de acuerdo a las disponibilidades presupuestales, y para el ejercicio de sus encomiendas. XIII. Proponer al Fiscal General las políticas de comunicación social de la Fiscalía General y, en su caso, proceder a su
implementación de conformidad con los procedimientos y disposiciones aplicables;"



Bitácora de registro y acuse

Tabla de aplicabilidad4DF012F3832ABA1006258BCE0077DA81Creado el 11/07/2024 03:50:01 PM
Carátula de registro6B07FAEDDFAA166306258BCE0077DE4DAutorpgje slp
Registro773B7D9B64F865BD06258BCE0077EF9DTipo de documento1 Registro general




La CEGAIP, es un organismo público con autonomía presupuestaria, operativa,
de gestión y de decisión, a la que se encomienda el fomento y la difusión del
derecho de acceso a la información púbica.
Avenida Real de Lomas, 1015, piso 4, torre 2, Colonia Lomas 4ª Sección, Código Postal 78216
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