Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí

Sujeto Obligadostps slp
Secretaría del Trabajo y Previsión Social

Periodo
11 Noviembre2024

ObligaciónEn materia del trabajo y previsión social:

Obligación específica.
El nombre y objeto de las asociaciones obreras y patronales de jurisdicción estatal y municipal registradas.

A ) Artículo85

B ) FracciónI

C ) IncisoS1


Registro general

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Visor de Datos abiertosDatos digitales de caracter público, accesibles en linea, que pueden ser usados, reutilizados y redistribuidos por cualquier interesado. Ver CONAIP/SNT/ACUERDO/EXT13/04/2016-08


TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN
Asociaciones obreras y patronales de jurisdicción estatal y municipal registradas. LTAIPSLP85IS1 Asociaciones obreras y patronales de jurisdicción estatal y municipal registradas. Tabla Campos
Ejercicio Fecha de inicio del periodo que se informa Fecha de término del periodo que se informa Nombre de las Asociaciones obreras y patronales de jurisdicción estatal Objeto de las Asociaciones obreras y patronales de jurisdicción estatal Nombre de las Asociaciones obreras y patronales de jurisdicción municipal Objeto de las Asociaciones obreras y patronales de jurisdicción municipal Calle Número exterior Colindancia Municipio y/o localidad Teléfono(s) de atención Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información Fecha de validación Fecha de Actualización Nota
2024 01/11/2024 30/11/2024 NO SE GENERÓ INFORMACIÓN NO SE GENERÓ INFORMACIÓN NO SE GENERÓ INFORMACIÓN NO SE GENERÓ INFORMACIÓN NO SE GENERÓ INFORMACIÓN 0 NO SE GENERÓ INFORMACIÓN SAN LUIS POTOSÍ 0 JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE 10/12/2024 10/12/2024 Con fecha 01 de mayo de 2019, se realizó una reforma a la Ley de la Materia, de Articulo 390.- “El contrato colectivo de trabajo deberá celebrarse por escrito, bajo pena de nulidad. Se hará por triplicado, entregándose un ejemplar a cada una de las partes y se depositará el otro tanto ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, ante quien cada una de las partes celebrantes debe señalar domicilio. Dicho centro deberá asignarles un buzón electrónico. El contrato surtirá efectos desde la fecha y hora de presentación del documento, salvo que las partes hubiesen convenido en una fecha distinta. Para el registro de un contrato colectivo de trabajo inicial, se presentará ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral la siguiente documentación: a) La documentación con la que las partes contratantes acrediten su personalidad; b) El contrato colectivo de trabajo; c) La Constancia de Representatividad a que se refiere el artículo 390 Bis de esta Ley. Y d) El ámbito de aplicación del contrato colectivo de trabajo.” Por lo anterior la Autoridad competente para elaborar dichos registros a partir de la reforma es el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral.



Bitácora de registro y acuse

Tabla de aplicabilidad4A49A5669CE0CDC306258BEF0073280ECreado el 12/10/2024 02:58:26 PM
Carátula de registroF10857CF49ACE49B06258BEF00732C17Autorstps slp
Registro776EC3445109FDFE06258BEF007336AETipo de documento1 Registro general




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