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Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí | |
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Sujeto Obligado | | spg slp |
| | Secretaría Particular del C.Gobernador | | | |
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Periodo | |
01 Enero | | 2024 |
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Obligación | | El número total de las plazas y del personal de base y confianza, especificando el total de las vacantes, por nivel de puesto, para cada unidad administrativa |
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Obligación específica. | | | | | |
| | Las convocatorias a concursos para ocupar cargos públicos y los resultados de los mismos. |
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A ) Artículo | | 84 | | | |
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B ) Fracción | | XIX | | | |
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C ) Inciso | | | | | |
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Registro general |
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| | Para Consultar el documento | | | |
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Acceso directo: LTAIPSLP84XIX_2024.xlsx |
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Hipervinculo | | | | | |
http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2024.nsf/nombre_de_la_vista/95B0D57511E4C9CA06258ABE00764941/$File/LTAIPSLP84XIX_2024.xlsx |
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Visor de Datos abiertos | | Datos digitales de caracter público, accesibles en linea, que pueden ser usados, reutilizados y redistribuidos por cualquier interesado. Ver CONAIP/SNT/ACUERDO/EXT13/04/2016-08 |
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TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN
Concursos para ocupar cargos públicos LTAIPSLP84XIX Se publicarán los avisos, invitaciones y/o convocatorias que emita para ocupar cualquier tipo de cargo, puesto o equivalente; cuando sea sometido a concurso, público o cerrado, de acuerdo con su naturaleza, normatividad aplicable, necesidades institucionales y su presupuesto autorizado. Asimismo, se publicará el estado y/o etapa en el que se encuentra el proceso de selección y los resultados. Tabla Campos
Ejercicio Fecha de inicio del periodo que se informa Fecha de término del periodo que se informa Tipo de evento (catálogo) Alcance del concurso (catálogo) Tipo de cargo o puesto (catálogo) Clave o nivel del puesto Denominación del puesto (Redactados con perspectiva de género) Denominación del cargo o función Denominación del área o unidad Salario bruto mensual Salario neto mensual Fecha de publicación del concurso, convocatoria, invitación y/o aviso Número de la convocatoria Hipervínculo al documento de la convocatoria, invitación y/o aviso (Redactados con perspectiva de género) Estado del proceso del concurso (catálogo) Número total de candidato[a]s registrado[a]s ESTE CRITERIO APLICA A PARTIR DEL 01/07/2023 -> Total de candidatos hombres ESTE CRITERIO APLICA A PARTIR DEL 01/07/2023 -> Total de candidatas mujeres Nombre(s) de la persona aceptada Primer apellido de la persona aceptada Segundo apellido de la persona aceptada ESTE CRITERIO APLICA A PARTIR DEL 01/07/2023 -> Sexo (catálogo) Hipervínculo a la versión pública del acta o documento que al(la) ganador(a) (Redactadas con perspectiva de género) Hipervínculo al sistema electrónico de convocatorias y/o concursos, en su caso Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información Fecha de validación Fecha de actualización Nota
2024 01/01/2024 31/01/2024 Concurso Abierto al público en general Otro 0 No se genera No se genera No se genera 0 0 01/01/2024 0 http://www.cegaipslp.org.mx/HV2021Tres.nsf/nombre_de_la_vista/EBABB7F0F5E89C23862587E4006C2839/$File/HV_XIX_2022.pdf Cancelado 0 0 0 No se genera No se genera No se genera Mujer http://www.cegaipslp.org.mx/HV2021Tres.nsf/nombre_de_la_vista/EBABB7F0F5E89C23862587E4006C2839/$File/HV_XIX_2022.pdf http://www.cegaipslp.org.mx/HV2021Tres.nsf/nombre_de_la_vista/EBABB7F0F5E89C23862587E4006C2839/$File/HV_XIX_2022.pdf Dirección Administrativa 01/03/2024 01/02/2024 "Con fundamento en el Capítulo II del Decreto Administrativo mediante el cual se establece la Estructura Orgánica de la Unidad Administrativa de la Secretaría Particular del Gobernador del Estado y se reglamenta su funcionamiento, de fecha 01 de Julio 2002 y su reforma de fecha 15 de Octubre del 2021, no se contempla la obligatoriedad de generar información respecto a las convocatorias a concursos para ocupar cargos públicos y los resultados de los mismos. En este sentido y de conformidad con el artículo 84 fracción XIX de la Ley de Transparencia con relación a el lineamiento trigésimo cuarto de los Lineamientos Estatales para la Difusión, Disposición y Evaluación de las Obligaciones de Transparencia Comunes y Específicas, se informa que los campos que comprenden esas disposiciones fueron llenados con la finalidad de respetar el formato de las celdas según se solicita en los citados lineamientos.Con fundamento en el Capítulo III Capitulo 20, 21 y 23 fracciones VI y VII del Reglamento Interior. Con fundamento en el Capítulo III Capitulo 20, 21 y 23 fracciones VI y VII del Reglamento Interior de la Oficialía Mayor del Poder Ejecutivo del Estado, son funciones de la Dirección de Desarrollo Humano el establecer y llevar a cabo los procesos de selección a los aspirantes a ingresar a la
administración pública del Estado, de acuerdo al perfil establecido para el nivel o puesto a cubrir, apegándose a las normas, políticas y procedimientos vigentes; Efectuar la evaluación del personal que solicite promoción, cambio de adscripción y/o concurso
de plaza, y con base en los resultados obtenidos, proponer los movimientos del personal que resulten más convenientes en la administración pública estatal. de la Oficialía Mayor del Poder Ejecutivo del Estado, son funciones de la Dirección de Desarrollo
Humano el establecer y llevar a cabo los procesos de selección a los aspirantes a ingresar a la administración pública del Estado, de acuerdo al perfil establecido para el nivel o puesto a cubrir, apegándose a las normas, políticas y procedimientos vigentes; Efectuar la evaluación del personal que solicite promoción, cambio de adscripción y/o concurso
de plaza, y con base en los resultados obtenidos, proponer los movimientos del personal que
resulten más convenientes en la administración pública estatal."
2024 01/01/2024 31/01/2024 Convocatoria Abierto al público en general Otro 0 No se genera No se genera No se genera 0 0 01/01/2024 0 http://www.cegaipslp.org.mx/HV2021Tres.nsf/nombre_de_la_vista/EBABB7F0F5E89C23862587E4006C2839/$File/HV_XIX_2022.pdf Cancelado 0 0 0 No se genera No se genera No se genera Mujer http://www.cegaipslp.org.mx/HV2021Tres.nsf/nombre_de_la_vista/EBABB7F0F5E89C23862587E4006C2839/$File/HV_XIX_2022.pdf http://www.cegaipslp.org.mx/HV2021Tres.nsf/nombre_de_la_vista/EBABB7F0F5E89C23862587E4006C2839/$File/HV_XIX_2022.pdf Dirección Administrativa 01/03/2024 01/02/2024 "Con fundamento en el Capítulo II del Decreto Administrativo mediante el cual se establece la Estructura Orgánica de la Unidad Administrativa de la Secretaría Particular del Gobernador del Estado y se reglamenta su funcionamiento, de fecha 01 de Julio 2002 y su reforma de fecha 15 de Octubre del 2021, no se contempla la obligatoriedad de generar información respecto a las convocatorias a concursos para ocupar cargos públicos y los resultados de los mismos. En este sentido y de conformidad con el artículo 84 fracción XIX de la Ley de Transparencia con relación a el lineamiento trigésimo cuarto de los Lineamientos Estatales para la Difusión, Disposición y Evaluación de las Obligaciones de Transparencia Comunes y Específicas, se informa que los campos que comprenden esas disposiciones fueron llenados con la finalidad de respetar el formato de las celdas según se solicita en los citados lineamientos.Con fundamento en el Capítulo III Capitulo 20, 21 y 23 fracciones VI y VII del Reglamento Interior. Con fundamento en el Capítulo III Capitulo 20, 21 y 23 fracciones VI y VII del Reglamento Interior de la Oficialía Mayor del Poder Ejecutivo del Estado, son funciones de la Dirección de Desarrollo Humano el establecer y llevar a cabo los procesos de selección a los aspirantes a ingresar a la
administración pública del Estado, de acuerdo al perfil establecido para el nivel o puesto a cubrir, apegándose a las normas, políticas y procedimientos vigentes; Efectuar la evaluación del personal que solicite promoción, cambio de adscripción y/o concurso
de plaza, y con base en los resultados obtenidos, proponer los movimientos del personal que resulten más convenientes en la administración pública estatal. de la Oficialía Mayor del Poder Ejecutivo del Estado, son funciones de la Dirección de Desarrollo
Humano el establecer y llevar a cabo los procesos de selección a los aspirantes a ingresar a la administración pública del Estado, de acuerdo al perfil establecido para el nivel o puesto a cubrir, apegándose a las normas, políticas y procedimientos vigentes; Efectuar la evaluación del personal que solicite promoción, cambio de adscripción y/o concurso
de plaza, y con base en los resultados obtenidos, proponer los movimientos del personal que
resulten más convenientes en la administración pública estatal."
2024 01/01/2024 31/01/2024 Invitación Abierto al público en general Otro 0 No se genera No se genera No se genera 0 0 01/01/2024 0 http://www.cegaipslp.org.mx/HV2021Tres.nsf/nombre_de_la_vista/EBABB7F0F5E89C23862587E4006C2839/$File/HV_XIX_2022.pdf Cancelado 0 0 0 No se genera No se genera No se genera Mujer http://www.cegaipslp.org.mx/HV2021Tres.nsf/nombre_de_la_vista/EBABB7F0F5E89C23862587E4006C2839/$File/HV_XIX_2022.pdf http://www.cegaipslp.org.mx/HV2021Tres.nsf/nombre_de_la_vista/EBABB7F0F5E89C23862587E4006C2839/$File/HV_XIX_2022.pdf Dirección Administrativa 01/03/2024 01/02/2024 "Con fundamento en el Capítulo II del Decreto Administrativo mediante el cual se establece la Estructura Orgánica de la Unidad Administrativa de la Secretaría Particular del Gobernador del Estado y se reglamenta su funcionamiento, de fecha 01 de Julio 2002 y su reforma de fecha 15 de Octubre del 2021, no se contempla la obligatoriedad de generar información respecto a las convocatorias a concursos para ocupar cargos públicos y los resultados de los mismos. En este sentido y de conformidad con el artículo 84 fracción XIX de la Ley de Transparencia con relación a el lineamiento trigésimo cuarto de los Lineamientos Estatales para la Difusión, Disposición y Evaluación de las Obligaciones de Transparencia Comunes y Específicas, se informa que los campos que comprenden esas disposiciones fueron llenados con la finalidad de respetar el formato de las celdas según se solicita en los citados lineamientos.Con fundamento en el Capítulo III Capitulo 20, 21 y 23 fracciones VI y VII del Reglamento Interior. Con fundamento en el Capítulo III Capitulo 20, 21 y 23 fracciones VI y VII del Reglamento Interior de la Oficialía Mayor del Poder Ejecutivo del Estado, son funciones de la Dirección de Desarrollo Humano el establecer y llevar a cabo los procesos de selección a los aspirantes a ingresar a la
administración pública del Estado, de acuerdo al perfil establecido para el nivel o puesto a cubrir, apegándose a las normas, políticas y procedimientos vigentes; Efectuar la evaluación del personal que solicite promoción, cambio de adscripción y/o concurso
de plaza, y con base en los resultados obtenidos, proponer los movimientos del personal que resulten más convenientes en la administración pública estatal. de la Oficialía Mayor del Poder Ejecutivo del Estado, son funciones de la Dirección de Desarrollo
Humano el establecer y llevar a cabo los procesos de selección a los aspirantes a ingresar a la administración pública del Estado, de acuerdo al perfil establecido para el nivel o puesto a cubrir, apegándose a las normas, políticas y procedimientos vigentes; Efectuar la evaluación del personal que solicite promoción, cambio de adscripción y/o concurso
de plaza, y con base en los resultados obtenidos, proponer los movimientos del personal que
resulten más convenientes en la administración pública estatal."
2024 01/01/2024 31/01/2024 Aviso Abierto al público en general Otro 0 No se genera No se genera No se genera 0 0 01/01/2024 0 http://www.cegaipslp.org.mx/HV2021Tres.nsf/nombre_de_la_vista/EBABB7F0F5E89C23862587E4006C2839/$File/HV_XIX_2022.pdf Cancelado 0 0 0 No se genera No se genera No se genera Mujer http://www.cegaipslp.org.mx/HV2021Tres.nsf/nombre_de_la_vista/EBABB7F0F5E89C23862587E4006C2839/$File/HV_XIX_2022.pdf http://www.cegaipslp.org.mx/HV2021Tres.nsf/nombre_de_la_vista/EBABB7F0F5E89C23862587E4006C2839/$File/HV_XIX_2022.pdf Dirección Administrativa 01/03/2024 01/02/2024 "Con fundamento en el Capítulo II del Decreto Administrativo mediante el cual se establece la Estructura Orgánica de la Unidad Administrativa de la Secretaría Particular del Gobernador del Estado y se reglamenta su funcionamiento, de fecha 01 de Julio 2002 y su reforma de fecha 15 de Octubre del 2021, no se contempla la obligatoriedad de generar información respecto a las convocatorias a concursos para ocupar cargos públicos y los resultados de los mismos. En este sentido y de conformidad con el artículo 84 fracción XIX de la Ley de Transparencia con relación a el lineamiento trigésimo cuarto de los Lineamientos Estatales para la Difusión, Disposición y Evaluación de las Obligaciones de Transparencia Comunes y Específicas, se informa que los campos que comprenden esas disposiciones fueron llenados con la finalidad de respetar el formato de las celdas según se solicita en los citados lineamientos.Con fundamento en el Capítulo III Capitulo 20, 21 y 23 fracciones VI y VII del Reglamento Interior. Con fundamento en el Capítulo III Capitulo 20, 21 y 23 fracciones VI y VII del Reglamento Interior de la Oficialía Mayor del Poder Ejecutivo del Estado, son funciones de la Dirección de Desarrollo Humano el establecer y llevar a cabo los procesos de selección a los aspirantes a ingresar a la
administración pública del Estado, de acuerdo al perfil establecido para el nivel o puesto a cubrir, apegándose a las normas, políticas y procedimientos vigentes; Efectuar la evaluación del personal que solicite promoción, cambio de adscripción y/o concurso
de plaza, y con base en los resultados obtenidos, proponer los movimientos del personal que resulten más convenientes en la administración pública estatal. de la Oficialía Mayor del Poder Ejecutivo del Estado, son funciones de la Dirección de Desarrollo
Humano el establecer y llevar a cabo los procesos de selección a los aspirantes a ingresar a la administración pública del Estado, de acuerdo al perfil establecido para el nivel o puesto a cubrir, apegándose a las normas, políticas y procedimientos vigentes; Efectuar la evaluación del personal que solicite promoción, cambio de adscripción y/o concurso
de plaza, y con base en los resultados obtenidos, proponer los movimientos del personal que
resulten más convenientes en la administración pública estatal." |
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