| | | | |
Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí | |
|
| | | | |
| | | | | |
| | | | | |
Sujeto Obligado | | pensiones slp |
| | Dirección General de Pensiones | | | |
| | | | | |
| | | | | |
Periodo | |
03 Marzo | | 2024 |
| | | |
| | | | | |
Obligación | | Las actas y resoluciones del Comité de Transparencia de los sujetos obligados |
| | | | | |
Obligación específica. | | | | | |
| | Calendario de sesiones ordinarias del Comité de Transparencia. |
| | | | | |
A ) Artículo | | 84 | | | |
| | | | | |
B ) Fracción | | XLVI | | | |
| | | | | |
C ) Inciso | | D | | | |
| | | | | |
| | | | | |
| | | | | |
| | | | | |
Registro general |
| | | | | |
|
| | | | | |
| | | | | |
| | Para Consultar el documento | | | |
| | | | | |
Acceso directo: LTAIPSLP84XLVID MAR 24.xlsx |
| | | | | |
Hipervinculo | | | | | |
http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2024.nsf/nombre_de_la_vista/95E7D2AFEA6700C306258AF9005FC23F/$File/LTAIPSLP84XLVID+MAR+24.xlsx |
| | | | | |
| | | | | |
|
| | | | | |
| | | | | |
| | | | | |
| | | | | |
|
| | | | | |
Visor de Datos abiertos | | Datos digitales de caracter público, accesibles en linea, que pueden ser usados, reutilizados y redistribuidos por cualquier interesado. Ver CONAIP/SNT/ACUERDO/EXT13/04/2016-08 |
|
|
TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN
Actas y resoluciones Comité de Transparencia_Calendario de sesiones ordinarias del Comité de Transparencia LTAIPSLP84XLVID Se publicará la información relacionada con el calendario de sesiones ordinarias del Comité de Transparencia
Tabla Campos
Ejercicio Fecha de inicio del periodo que se informa Fecha de término del periodo que se informa Número de sesión Mes Día Hipervínculo al acta de la sesión Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información Fecha de validación Fecha de actualización Nota
2024 01/03/2024 31/03/2024 1 MARZO 7 http://200.23.144.30:8080/Transparencia/01FORMATOS%20TRANSPARENCIA%20P%20ESTATAL%20ART%2084/2024%20PLATAFORMA%20ESTATAL%20ART%2084/46LTAIPESLP%20ART%2084%20FXLVIA-UT/03MARZO/03-ACTA%20SESION.pdf DIRECCIÓN GENERAL 08/04/2024 08/04/2024 SESIÓN COMITÉ DE TRANSPARENCIA
2024 01/03/2024 31/03/2024 1 MARZO 7 http://200.23.144.30:8080/Transparencia/01FORMATOS%20TRANSPARENCIA%20P%20ESTATAL%20ART%2084/2024%20PLATAFORMA%20ESTATAL%20ART%2084/46LTAIPESLP%20ART%2084%20FXLVIA-UT/03MARZO/04-RES%20AMP%20PLA%20070324.pdf SUBDIRECCIÓN DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS 08/04/2024 08/04/2024 SESIÓN COMITÉ DE TRANSPARENCIA
2024 01/03/2024 31/03/2024 1 MARZO 7 http://200.23.144.30:8080/Transparencia/01FORMATOS%20TRANSPARENCIA%20P%20ESTATAL%20ART%2084/2024%20PLATAFORMA%20ESTATAL%20ART%2084/46LTAIPESLP%20ART%2084%20FXLVIA-UT/03MARZO/04-RESOL%20VP%20MEN%20MAR%2024.pdf DIRECCIÓN GENERAL 08/04/2024 08/04/2024 SESIÓN COMITÉ DE TRANSPARENCIA
ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA DE LA DIRECCIÓN DE PENSIONES DEL ESTADO, DE FECHA 07 DE MARZO DEL AÑO 2024. En la ciudad de San Luis Potosí, S.L.P, en la Sala de Juntas de la Dirección de Pensiones del Estado, ubicada en la Calle de Francisco I. Madero #365 esquina con Independencia, Colonia Centro en esta ciudad Capital, y siendo las 11:00 horas, del día 07 de marzo del año 2024, se reunieron los integrantes del Comité de Transparencia, a efecto de llevar a cabo la Sesión ordinaria, a la cual fueron convocados por su Presidente, con el fin de desahogar el siguiente Orden del Día: 1. Lista de asistencia y establecimiento del quórum legal para la validez de la sesión. 2. Lectura y aprobación del Orden del Día. 3. Análisis a la petición presentada por la Subdirección de Servicios Administrativos en materia de ampliación de plazo de respuesta, a solicitud de información pública registrada con número de folio 240468324000013, de fecha 23 de febrero, del año 2024 dos mil veinticuatro, en la que solicitan diversa información. 4. Análisis sobre la petición presentada por la Dirección General, solicita al Comité de Transparencia aprobación del proyecto de versión publica realizado al acta número 01 – 2024 de la sesión ordinaria de la H. Junta Directiva celebrada el 23 de enero de 2024, toda vez que la misma contiene información confidencial, consistente en datos personales
5. Asuntos generales. Por lo que toca al punto 1 del Orden del Día, la Secretaria Técnica procedió a tomar la lista de asistencia correspondiente encontrándose presentes los servidores públicos: Lic. Gregoria Martínez Onofre en su carácter de Presidenta, C.P Magally Toro Ortiz en su carácter de Secretaria Técnica, L.E. Jorge Siller Azuara en su carácter de Coordinador del Comité, ISC. Salvador Martínez Zepeda en su carácter de Vocal, y la LB. Marcela López Sánchez en su carácter de Vocal, por lo que se declaró que se encontraban presentes la mayoría de los integrantes del Comité de Transparencia, declarándose la existencia de quórum, y en tal virtud los acuerdos y resoluciones que se tomen serán válidos. Por lo que toca al punto 2 del Orden del Día, El Presidente puso a consideración de los integrantes del Comité el Orden del Día. En acuerdo quedo aprobado por mayoría de votos. Por lo que toca al punto 3 del Orden del Día, El Presidente presentó y puso a consideración de los integrantes del Comité la petición presentada por la Subdirección de Servicios Administrativos, en materia de ampliación de plazo de respuesta, a solicitud de información pública registrada con número de folio 240468324000013, de fecha 23 de febrero, del año 2024 dos mil veinticuatro, lo anterior, con fundamento en los artículos 52 fracción II y 154 segundo párrafo, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado. Quedando aprobada por mayoría de votos. Por lo que toca al punto 4 del Orden del Día, la Presidenta presentó y puso a consideración de los integrantes del Comité la Resolución de la Versión Pública realizada al ACTA NÚMERO 01 – 2024 DE LA SESIÓN ORDINARIA DE LA H. JUNTA DIRECTIVA CELEBRADA EL 23 DE ENERO DE 2024, presentada por la Unidad de Transparencia de la Dirección de Pensiones, solicitada, por la Dirección General de Pensiones, para efecto de cumplir con las obligaciones señaladas en el artículo 84 fracción XIII de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado. Quedando aprobada por mayoría de votos. Por lo que toca al punto 5 del Orden del Día, El Presidente preguntó a la Secretaria Técnica, si se contaba con asuntos generales agendados, informado que no se tenían asuntos para desahogar. Por último, los integrantes del Comité de Transparencia aprobaron por mayoría de votos el acta de la sesión, firmándose al calce para los efectos legales a que haya lugar. Se da por concluida la sesión siendo las 11:30 horas, del día 07 de marzo del año 2024, dándose por enterados los aquí presentes de los acuerdos y resoluciones aquí aprobadas. COMITÉ DE TRANSPARENCIA
DE LA DIRECCIÓN DE PENSIONES DEL ESTADO GREGORIA MARTÍNEZ ONOFRE PRESIDENTA COMITÉ C.P. MAGALLY TORO ORTIZ
SECRETARIA TÉCNICA JORGE SILLER AZUARA
COORDINADOR DEL COMITÉ SALVADOR MARTÍNEZ ZEPEDA
VOCAL MARCELA LÓPEZ SÁNCHEZ
VOCAL RESOLUCIÓN EN LA QUE EL COMITÉ DE TRANSPARENCIA DE LA DIRECCIÓN DE PENSIONES DEL ESTADO, ACUERDA AMPLIACIÓN DE PLAZO DE RESPUESTA A SOLICITUD DE INFORMACIÓN, DICTADA EN LA SESIÓN ORDINARIA DEL DÍA 07 DE MARZO, DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO. ANTECEDENTES. PRIMERO. En fecha 23 de febrero del 2024 dos mil veinticuatro, la Unidad de Transparencia de la Dirección de Pensiones del Estado, recibió solicitud de información pública, registrada con el número de folio 240468324000013, en la que solicitan diversa información citada a continuación: Cuyo contenido es: Con relación al oficio 007/2024, PRESTAMOS A CORTO PLAZO Y TESORERIA, además que con fundamento en el articulo 17 de la Ley de Pensiones que en dicho ocurso señala, solicitamos se nos informe: A partir de que fecha se terminaron los fondos de cada sector cotizador
En que fecha se tomo el acuerdo a que se refiere la fracción II del dicho artículo (copia del acuerdo y quienes participaron en la votación)
En que fecha se tomo la determinación a que se refiere la fracción I de dicho articulo (copia del acuerdo y quienes participaron en la votación)
En otro punto y con base en la información pública que se ha compartido respecto a la falta de pago de más de 4800 millones de pesos por parte del Gobierno del Estado a la Dirección de Pensiones, solicitamos conocer: A partir de que fecha se han dejado de recibir las aportaciones descontadas a los trabajadores del Poder ejecutivo a que esta obligado de conformidad con el articulo 12 de la Ley de Pensiones. A partir de que fecha se dejó de aportar la parte patronal que es obligación de pagar por parte del PoderEjecutivo de conformidad con el articulo 12 de la Ley de Pensiones, A cuanto asciende el adeudo que tiene Gobierno del Estado con la Dirección de Pensiones a la fecha de este escrito. SEGUNDO. El Titular de la Unidad de Transparencia mediante memorándum en fecha 26 veintiséis de febrero del año 2024 dos mil veinticuatro, notificó vía correo electrónico la recepción de la solicitud de información pública, a la Subdirección de Servicios Administrativos, informando la recepción de la solicitud por estar relaciona con las atribuciones del área que pudiera generar, producir, resguardar y/o administrar la información. TERCERO. La Unidad de Transparencia, con base en memorándum girado por la Subdirección de Servicios Administrativos, en fecha 07 siete de marzo del año 2024, fundamentado en los artículos 52 fracción II y 154 segundo párrafo, de la de Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí, emitió convocatoria para llevar a cabo sesión de Comité, con fecha 07 siete de marzo del año 2024 dos mil veinticuatro, constituidos en la sala de juntas de la Dirección de Pensiones del Estado, se analiza redactar acuerdo, mediante en el que se determina ampliar el plazo de respuesta a solicitud de información pública con número de folio 240468324000013. CUARTO. En fecha, 07 siete de marzo del año 2024 dos mil veinticuatro, el Comité de Transparencia de la Dirección de Pensiones del Estado, en sesión ordinaria resolvió determinar ampliar el plazo de respuesta a solicitud de información pública registrada con número de folio 240468324000013, con fundamento en el artículo 52 Fracción II y 154, de Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí, numerales que facultan a este Comité para emitir las resoluciones en las que se funde y motive, determinar ampliar el plazo de respuesta. QUINTO. Una Vez analizado el asunto, los integrantes del Comité de Transparencia de la Dirección de Pensiones del Estado, por mayoría de votos acuerdan procedente la emisión del presente acuerdo en materia de ampliación de plazo de respuesta y, emiten el siguiente: CONSIDERANDO. PRIMERO. COMPETENCIA. Que el Comité de Transparencia de la Dirección de Pensiones del Estado, es competente para confirmar, modificar o revocar las determinaciones que, en materia de ampliación del plazo de respuesta, clasificación de la información y declaración de inexistencia o de incompetencia realicen los titulares de las áreas de los Sujetos Obligados de conformidad con lo establecido en el artículo 52 Fracción II y 154 segundo párrafo, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí. SEGUNDO. MATERIA. El objeto del presente acuerdo será analizar ampliar el plazo de respuesta hasta por diez días más, en atención a la solicitud de información pública registrada con el número de folio 240468324000013, de fecha 23 veintitrés de febrero del año 2024 dos mil veinticuatro. TERCERO. PRONUNCIAMIENTO DE FONDO. Que los artículos 52 fracción II y 154 segundo párrafo, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, disponen lo siguiente: Artículo 52. Cada Comité de Transparencia tendrá las siguientes funciones: II. Confirmar, modificar o revocar las determinaciones que en materia de ampliación del plazo de respuesta, clasificación de la información y declaración de inexistencia o de incompetencia realicen los titulares de las áreas de los sujetos obligados; “…Artículo 154. La respuesta a la solicitud deberá ser notificada al interesado en el menor tiempo posible, que no podrá exceder de diez días, contados a partir del día siguiente a la presentación de aquélla. Excepcionalmente, el plazo referido en el párrafo anterior podrá ampliarse hasta por diez días más, siempre y cuando existan razones fundadas y motivadas, las cuales deberán ser aprobadas por el Comité de Transparencia, mediante la emisión de una resolución que deberá notificarse al solicitante, antes de su vencimiento…” En virtud de lo anterior se tiene que la información solicitada en el cuerpo de la solicitud de información, registrada con número de folio 240468324000013, la Subdirección de Servicios Administrativos, área que por sus atribuciones pudiera contar con la información solicitada, informó, lo siguiente: “…Informo a Usted lo siguiente: derivado de las cargas de trabajo que se desprenden de las actividades diarias realizadas por esta Subdirección de Servicios Administrativos, en este momento no es posible concentrarse en atender el requerimiento, por el momento el personal con el que cuenta se mantiene ocupado y concentrado en el deshago de los asuntos cotidianos que forman parte de sus labores dentro del área, en ese sentido, no se puede distraer para el seguimiento y atención al requerimiento formulado a esta Dirección, ya que la información a la cual pretende tener acceso el peticionario, es amplia y requiere análisis para su deshago. Por lo anterior, con fundamento en los artículos 52 fracción II y 154 segundo párrafo, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, solicito realizar las gestiones necesarias y convoque a sesión al Comité de Transparencia de la Dirección de Pensiones, para solicitar ampliar el plazo de respuesta hasta por diez días más, a la solicitud de información pública registrada con número de folio 240468324000013, de esa manera estar en condiciones de atender lo requerido por el solicitante, en caso de ser aprobada la mencionada prorroga, la nueva fecha de vencimiento, será el próximo 25 de marzo, del año 2024 dos mil veinticuatro…” R E S O L U C I O N PRIMERO. El Comité de Transparencia de la Dirección de Pensiones, resultó competente para conocer y resolver el presente asunto, en términos de lo dispuesto por los artículos 52 fracción II y 154 segundo párrafo, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado. SEGUNDO. Por mayoría de votos, se confirma determinar ampliar el plazo de respuesta a solicitud de información pública con número de folio 240468324000013, lo anterior con fundamento en los artículos 52 fracción II y 154 segundo párrafo, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí. ÚNICO. Con fundamento a lo dispuesto por los artículos 52 fracción II y 154, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí, por mayoría de votos este Comité de Transparencia, determina confirmar ampliar el plazo de respuesta al requerimiento formulado en solicitud de información pública registrada con número de folio 240468324000013, de fecha 23 veintitrés de febrero del año 2024 dos mil veinticuatro, por lo que la nueva fecha de vencimiento será el próximo 25 veinticinco de marzo del año 2024 dos mil veinticuatro. TERCERO. Comuníquese el presente acuerdo al peticionario por los medios señalados para oír y recibir toda clase de notificaciones, por conducto de la Unidad de Transparencia y al titular de la Subdirección de Servicios Administrativos, y; CUARTO. Difúndase la presente resolución en la página de transparencia, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 84 Fracción XLVI de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado. Con lo anterior, se da por concluida la sesión siendo las 11:30 horas del día 07 siete de marzo del año 2024 dos mil veinticuatro, firmando al calce los miembros del Comité que asistieron a la misma, y para los efectos legales a que haya lugar. COMITÉ DE TRANSPARENCIA
DE LA DIRECCIÓN DE PENSIONES DEL ESTADO GREGORIA MARTÍNEZ ONOFRE PRESIDENTA COMITÉ C.P. MAGALLY TORO ORTIZ
SECRETARIA TÉCNICA JORGE SILLER AZUARA
COORDINADOR DEL COMITÉ SALVADOR MARTÍNEZ ZEPEDA
VOCAL MARCELA LÓPEZ SÁNCHEZ
VOCAL RESOLUCIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA DE LA DIRECCIÓN DE PENSIONES DEL ESTADO, POR MEDIO DEL CUAL SE APRUEBA LA VERSIÓN PÚ |
|
|
|
|
| | |
| | |
| |
| | | | |
| | | | |
| | | | |
| | | | |
|
| | | | |
|
| | | |
| | |
|