Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí

Sujeto Obligadocongreso slp
H. Congreso del Estado de San Luis Potosí

Periodo
01 Enero2024

ObligaciónCualquier otra información que sea de utilidad o se considere relevante, además de la que, con base en la información estadística, responda a las preguntas hechas con más frecuencia por el público.

Obligación específica.
Más información relacionada_Preguntas frecuentes.

A ) Artículo84

B ) FracciónLIII

C ) IncisoB


Registro general

Para Consultar el documento
Acceso directo:
01. ENERO 2024 84 LIII B PREGUNTAS FRECUENTES.xlsx

Hipervinculo
http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2024.nsf/nombre_de_la_vista/A56AB80D5C31018706258AB60054DA3B/$File/01.+ENERO+2024+84+LIII+B+PREGUNTAS+FRECUENTES.xlsx




Visor de Datos abiertosDatos digitales de caracter público, accesibles en linea, que pueden ser usados, reutilizados y redistribuidos por cualquier interesado. Ver CONAIP/SNT/ACUERDO/EXT13/04/2016-08


56220
TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN
Más información relacionada_Preguntas frecuentes LTAIPSLP84LIIIB Con base en el análisis de la información estadística con que cuentan los sujetos obligados respecto a las preguntas frecuentes realizadas por las personas, se determinará un listado de temas y se publicarán las preguntas planteadas, así como las respuestas a cada una de éstas
Tabla Campos
Ejercicio Fecha de inicio del periodo que se informa Fecha de término del periodo que se informa Temática de las preguntas frecuentes Planteamiento de las preguntas frecuentes Respuesta a cada una de las preguntas frecuentes planteadas Hipervínculo al Informe estadístico (en su caso) Número total de preguntas realizadas por las personas al sujeto obligado Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información Fecha de validación Fecha de actualización Nota
2024 01/01/2024 31/01/2024 Información pública "Conforme a lo establecido en la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción y en las Leyes
Estatales de la materia, solicitamos la siguiente información pública relativa a las Comisiones de
Selección del Sistema Anticorrupción: PRIMERO. Proporcione el nombre de los integrantes de la Comisión que se encuentran actualmente en
funciones, derivado de su nombramiento. SEGUNDO. Proporcione el periodo de su encargo de cada uno de ellos señalando inicio y término de su
responsabilidad. TERCERO. Proporcione conforme a la Ley General o Estatal que rige la conformación de la Comisión de
Selección, el número de integrantes que señala la norma correspondiente para considerarlo completo. CUARTO. Proporcione la información relativa a la falta de nombramientos de integrantes de la citada
Comisión, es decir, señalar la fecha en que quedó vacante un cargo por falta de esta circunstancia y
describir la causa o razón legal que no ha permitido el reemplazo correspondiente. Apelamos al Principio de Máxima Publicidad establecido en nuestra Carta Suprema que el artículo sexto
establece. De igual manera, solicitamos respetuosamente , la entrega de la información en formatos de
datos abiertos para su reutilización. No dudando de su respuesta nuestra petición, quedamos de ustedes." "Con fundamento en lo establecido por el artículo 158 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí; en respuesta a su solicitud de información pública por medio de la Plataforma Nacional de Transparencia “SISAI 2.0”, con número de Folio 240471423000298 de fecha 13 de diciembre de 2023, la cual se registró en esta Unidad de Transparencia con el número 626/24, hacemos de su conocimiento que esta información no corresponde al Poder Legislativo, sino a la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción de San Luis Potosí, con domicilio en el edificio EME Internacional de Negocios, ubicado en Av. Venustiano Carranza No. 990 – Int. 4A. De Tequisquiapan S.L.P. Teléfono 4447 93 10 52 y 4447 93 10 53, por lo que se le orienta para que realice su petición a esa Secretaría Ejecutiva. Lo anterior, debido a que, con fundamento en el párrafo quince de la propia exposición de motivos, y en los artículos 3º, y 19 fracción I de la Ley Estatal Anticorrupción, así como en otros relacionados, este H. Congreso del Estado de San Luis Potosí únicamente designa a la Comisión de Selección y ésta es quien elige a los integrantes del Comité de Participación Ciudadana. Tanto la Comisión de Selección como el Comité, son órganos totalmente ajenos a esta Soberanía, sin relación alguna con este H. Congreso del Estado: Este Comité Ciudadano deberá ser elegido por una Comisión de Selección, designada por el Congreso del Estado con base en la propuesta de instituciones académicas, colegios de profesionistas afines al tema anticorrupción y otros organismos empresariales y de la sociedad civil. Dicha Comisión elegirá a su vez a los integrantes del Comité de Participación Ciudadana, mediante los mecanismos que esta ley determina, privilegiando que los ciudadanos elegidos sean los mejores hombres y mujeres posibles, con la experiencia y cualidades personales y profesionales en la materia. ARTÍCULO 3º. Para los efectos de la presente Ley se entenderá por: I. Comisión de Selección: la que se constituya en términos de esta Ley, para nombrar a los integrantes del Comité de Participación Ciudadana; IV. Comité de Participación Ciudadana: la instancia colegiada a que se refiere la fracción II del artículo 124 BIS de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, el cual contará con las facultades que establece esta Ley; ARTÍCULO 19. Los integrantes del Comité de Participación Ciudadana serán nombrados conforme al siguiente procedimiento: II. La Comisión de Selección dentro de los diez días hábiles siguientes a su designación, deberá emitir una convocatoria con el objeto de realizar dentro de quince días hábiles, una consulta pública dirigida a las instituciones y organizaciones que hubieren participado en el proceso de integración de la Comisión de Selección, para que presenten sus postulaciones de aspirantes a ocupar el cargo de integrantes del Comité de Participación Ciudadana, pudiendo postular a candidatos que sean miembros o no de dichas organizaciones.” ARTÍCULO 26. La Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal es un organismo descentralizado del Estado, no sectorizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con autonomía técnica y de gestión, mismo que tendrá su sede en la ciudad de San Luis Potosí. Contará con una estructura operativa para la realización de sus atribuciones, objetivos y fines. ARTÍCULO 27. La Secretaría Ejecutiva tiene por objeto fungir como órgano de apoyo técnico del Comité Coordinador del Sistema Estatal, a efecto de proveerle la asistencia técnica, así como los insumos necesarios para el desempeño de sus atribuciones, conforme a lo dispuesto en la fracción I del artículo 124 BIS de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí y la presente Ley. Ley Del Sistema Estatal Anticorrupción De San Luis Potosí: https://congresosanluis.gob.mx/sites/default/files/unpload/legislacion/leyes/2023/09/Ley_del_Sistema_Estatal_Anticorrupcion_de_San_Luis_Potosi_01_Septiembre_2023.pdf Por todo lo expuesto en párrafos anteriores, se le orienta para que presente su petición al Sistema Estatal Anticorrupción (SEA) de San Luis Potosí. Los vínculos electrónicos de la SEA (Sistema Estatal Anticorrupción) son los siguientes: https://seseaslp.org/ https://seseaslp.org/secretaria-sea-st.html#sea-st-2 unidaddetransparencia@seseaslp.org
" http://www.cegaipslp.org.mx/HV2024.nsf/nombre_de_la_vista/C68764E5BD8E780D06258AB60053EFE1/$File/RELACION+DE+SOLICITUDES+DEL+MES+DE+ENERO,+PARA+INFORME.xlsx 1 TRANSPARENCIA 01/02/2024 01/02/2024 De las preguntas y respuestas se realiza una síntesis. En la columna H (Número total de preguntas realizadas por las personas al sujeto obligado) se anota la cantidad de solicitud(es) y no el número de las preguntas. 2024 01/01/2024 31/01/2024 Información pública "“Un derecho no es algo que alguien te da, es algo que nadie te puede quitar”
Al Honorable Congreso le preguntamos de manera respetuosa: ¿Qué leyes o acciones han implementado para proteger y salvaguardar los derechos de los NNA en las escuelas públicas y privadas de todo el Estado Potosino? ¿Creen o consideran que el nuevo acuerdo para evitar el acoso escolar es suficiente para proteger el interés superior de los menores de edad? ¿Qué leyes o acuerdos deberían de pronunciarse para evitar acciones violentas como sucediera en la escuela primaria José Rosas Moreno con Clave 24EPR0033X cuando la “DOCENTE” Dinorah Iveth Orozco Salazar haciendo abuso de poder entre otras faltas, entrara de manera violenta a un salón para increpar a cada uno de los menores, estrujarlos, humillarlos, tocando su carita de forma por demás violenta y mirarlos de forma inquisidora a grito abierto delante de todos los compañeritos preguntar ¿por qué no habían vendido los boletos de la rifa que sería a beneficio de la sobrina de dicha docente? Increparlos e incluso culparlos, diciéndoles a la vez: ¿Sabes cuánto costó esto? como si los menores tuvieran el conocimiento monetario del costo de la impresión de los boletos, creemos que ni un adulto sabría responder a la docente la pregunta. " "Que, adjunto archivo digital que contiene documento de respuesta de fecha 09 de enero de 2024, por parte de la Presidenta de la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología del H. Congreso del Estado. Adicionalmente, de forma respetuosa hago de su conocimiento que, aunque se entiende el contexto de los hechos descritos en su solicitud, este Congreso carece de facultades legales para conocer y resolver el asunto, existiendo para ello diversas dependencias del Poder Ejecutivo a donde puede acudir a exponer los hechos y en donde tienen la obligación de atenderle oportunamente. " http://www.cegaipslp.org.mx/HV2024.nsf/nombre_de_la_vista/C68764E5BD8E780D06258AB60053EFE1/$File/RELACION+DE+SOLICITUDES+DEL+MES+DE+ENERO,+PARA+INFORME.xlsx 1 TRANSPARENCIA 01/02/2024 01/02/2024 De las preguntas y respuestas se realiza una síntesis. En la columna H (Número total de preguntas realizadas por las personas al sujeto obligado) se anota la cantidad de solicitud(es) y no el número de las preguntas. 2024 01/01/2024 31/01/2024 Información pública "Al Honorable Congreso, ¿Qué acciones o leyes tienen para evitar que ciudadanos con Licencia Médica trabajen? ¿Qué medidas toman para que los recursos del Estado sean utilizados correctamente y que no exista la corrupción entre las dependencias como el SEER y la Presidencia de Matehuala se unieron presuntamente en un acto de corrupción y daño al erario público al permitir que estos sujetos mencionados robaran lo que es del pueblo. Agradecemos su honestidad para responder a nuestras preguntas ciudadanas y que los recursos sean aplicados en beneficio de todos y todas y no de unos tantos que cometen fraude al Estado. !Por una Estado libre de corrupción!" "Que, adjunto archivo digital que contiene documento de respuesta de fecha 8 de enero de 2024, por parte de la Presidenta de la Comisión de Salud y Asistencia Social del H. Congreso del Estado. Adicionalmente, de forma respetuosa hago de su conocimiento que, aunque se entiende el contexto de los hechos descritos en su solicitud, este Congreso carece de facultades legales para conocer y resolver el asunto, existiendo para ello diversas dependencias del Poder Ejecutivo a donde puede acudir a exponer los hechos y en donde tienen la obligación de atenderle oportunamente. " http://www.cegaipslp.org.mx/HV2024.nsf/nombre_de_la_vista/C68764E5BD8E780D06258AB60053EFE1/$File/RELACION+DE+SOLICITUDES+DEL+MES+DE+ENERO,+PARA+INFORME.xlsx 1 TRANSPARENCIA 01/02/2024 01/02/2024 De las preguntas y respuestas se realiza una síntesis. En la columna H (Número total de preguntas realizadas por las personas al sujeto obligado) se anota la cantidad de solicitud(es) y no el número de las preguntas.



Bitácora de registro y acuse

Tabla de aplicabilidad4A2C0A14C9548A8B06258AB60054CD28Creado el 02/01/2024 09:26:48 AM
Carátula de registro65F4A6819558D87306258AB60054D29FAutorcongreso slp
RegistroA56AB80D5C31018706258AB60054DA3BTipo de documento1 Registro general




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de gestión y de decisión, a la que se encomienda el fomento y la difusión del
derecho de acceso a la información púbica.
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