Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí

Sujeto Obligadocedh slp
Comisión Estatal de Derechos Humanos

Periodo
08 Agosto2024

ObligaciónRelacionadas con Derechos Humanos.

Obligación específica.
El listado y las versiones públicas de las recomendaciones emitidas, su destinatario o autoridad a la que se recomienda y el estado que guarda su atención, incluyendo, en su caso, las minutas de comparecencias de los titulares que se negaron a aceptar las recomendaciones.

A ) Artículo88

B ) FracciónII

C ) IncisoA


Registro general

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LTAIPSLP88IIA agosto.xlsx

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TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN
Recomendaciones emitidas en materia de derechos humanos LTAIPSLP88IIA Información y documentos relativos a las recomendaciones que realicen los organismos de protección de derechos humanos a las autoridades y/o servidores públicos
Tabla Campos
Ejercicio Fecha de inicio del periodo que se informa Fecha de término del periodo que se informa Número de recomendación Número de expediente "Autoridad(es) responsable(s) y/o persona(s) servidora(s) pública(s)
Tabla_547063" Presuntas violaciones a los derechos humanos Breve descripción de la(s) recomendación(es) Aceptación de la(s) recomendación(es) Estado del cumplimiento de la recomendación Hipervínculo a la versión pública de la recomendación o acuerdo no responsabilidad Hipervínculo de la fundamentación y motivo de la negativa de la autoridad y/o persona servidora pública de las recomendaciones emitidas no sean aceptadas o cumplidas Hipervínculo a minutas de comparecencias de autoridades, en su caso Hipervínculo a los documentos relacionados con las acciones de seguimiento y con las pruebas del cumplimiento de las recomendaciones aceptadas por la autoridad y/o persona servidora pública Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información Fecha de actualización Nota
2024 01/08/2024 31/08/2024 004/2024 4VQU-0062/24 1 Derecho de las víctimas, derecho a la seguridad jurídica y a la legalidad PRIMERA. Con la finalidad de que sea reparado de manera integral el daño ocasionado a V, se instruya a quien corresponda a efecto de que se elabore un Protocolo para la atención de víctimas de violaciones a derechos humanos y de delito, que deberá ser publicado y en cuya publicación se establecerá que es derivado de la presente Recomendación. SEGUNDA. Como Garantía de No Repetición, planee, diseñe e implemente un programa de capacitaciones dirigidas a las personas servidoras públicas del Poder Legislativo del Estado de San Luis Potosí, para el correcto ejercicio del servicio y el respeto a los derechos humanos, en los temas de Derechos de las Victimas, Derecho a la Seguridad Jurídica y a la Legalidad. En todos se deberá señalar que esos cursos se están impartiendo en cumplimiento a la presente Recomendación, los cuales deberán ser efectivos para prevenir hechos similares a los que dieron origen a este pronunciamiento. TERCERA. Instruya a quien corresponda a efecto de que se de vista al órgano interno de control a fin de que en el ejercicio de sus facultades, se inicie, integre y resuelva la investigación de los hechos y en su caso se determine la responsabilidad administrativa en razón de las consideraciones vertidas en la presente Recomendación, por lo que deberá apegarse a una debida diligencia y visión de derechos humanos, y aporte información que al respecto le sea solicitada y tenga a su alcance. CUARTA. Se designe a una persona servidora pública de alto nivel de decisión que fungirá como enlace con esta Comisión Estatal, para dar seguimiento al cumplimiento de la presente Recomendación. Recomendación en tiempo de ser contestada Recomendación en tiempo de ser contestada http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2024.nsf/nombre_de_la_vista/B7711E2A64C6AC1C06258B94005BC20D/$File/RECOMENDACIÓN+04-2024.pdf http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2024.nsf/nombre_de_la_vista/B7711E2A64C6AC1C06258B94005BC20D/$File/RECOMENDACIÓN+04-2024.pdf http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2024.nsf/nombre_de_la_vista/B7711E2A64C6AC1C06258B94005BC20D/$File/RECOMENDACIÓN+04-2024.pdf http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2024.nsf/nombre_de_la_vista/B7711E2A64C6AC1C06258B94005BC20D/$File/RECOMENDACIÓN+04-2024.pdf Unidad de Seguimiento de Recomendaciones 10/09/2024 La Unidad de Seguimiento de Recomendaciones de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de San Luis Potosí, informa que el recurso de impugnación lo establece el artículo 125 del Reglamento Interno de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, el que señala: Artículo 125. El recurso de impugnación procede en contra de las resoluciones definitivas que dicte la Comisión Estatal que ocasionen algún perjuicio a la víctima; contra la negativa de aceptación de la recomendación por parte de las autoridades; contra las recomendaciones cuando a juicio del interesado no se haya reparado debidamente la violación denunciada, o contra el deficiente o insuficiente cumplimiento de la recomendación. A su vez el artículo 126 del mismo ordenamiento establece el procedimiento que deberá observar el interesado, de acuerdo a lo siguiente: Artículo 126. Cuando se trate de negativa de aceptación de la recomendación, el visitador general notificará esta circunstancia al interesado para que manifieste lo que a su derecho convenga, haciéndole saber que cuenta con un plazo de 30 días naturales para que presente el recurso correspondiente.



Bitácora de registro y acuse

Tabla de aplicabilidad47B41E5F9A133B8306258B94005EA497Creado el 09/10/2024 11:15:10 AM
Carátula de registroA25AB3C33E844F6806258B94005EAEA0Autorcedh slp
RegistroA89B0B5E754B027006258B94005EC5BATipo de documento1 Registro general




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