Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí

Sujeto Obligadoahualulco slp
Ahualulco

Periodo
02 Febrero2024

ObligaciónLos sujetos obligados pondrán a disposición del público y mantendrán actualizada, en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas que a continuación se señalan

Obligación específica.
Su estructura orgánica completa, en un formato que permita vincular cada parte de la estructura, las atribuciones y responsabilidades que le corresponden a cada servidor público, prestador de servicios profesionales o miembro de los sujetos obligados, de conformidad con las disposiciones aplicables.

A ) Artículo84

B ) FracciónV

C ) Inciso


Registro general

Para Consultar el documento
Acceso directo:
LTAIPSLP84V FEBRERO 2024.xlsx

Hipervinculo
http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2024.nsf/nombre_de_la_vista/B9A8F8F5FB81946E06258ADE005CE051/$File/LTAIPSLP84V+FEBRERO+2024.xlsx




Visor de Datos abiertosDatos digitales de caracter público, accesibles en linea, que pueden ser usados, reutilizados y redistribuidos por cualquier interesado. Ver CONAIP/SNT/ACUERDO/EXT13/04/2016-08


TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN
Estructura Orgánica LTAIPSLP84V Se deberá publicar la estructura vigente, es decir, la que está en operación en el sujeto obligado y ha sido aprobada y/o dictaminada por la autoridad competente. Tabla Campos
Ejercicio Fecha de inicio del periodo que se informa Fecha de término del periodo que se informa Denominación del área Denominación del puesto Denominación del cargo (de conformidad con nombramiento otorgado) Área de adscripción inmediata superior Denominación de la norma que establece atribuciones, responsabilidades y/o funciones y el fundamento legal (artículo y/o fracción) Atribuciones, responsabilidades y/o funciones, según sea el caso Hipervínculo al perfil y/o requerimientos del puesto o cargo, en su caso Número total de prestadores de servicios profesionales Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información Fecha de validación Fecha de actualización Nota
2024 01/02/2024 29/02/2024 SECRETARIA GENERAL SECRETARIO GENERAL SECRETARIO GENERAL SECRETARÍA GENERAL MANUAL DE ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA 2021-2024 FRACC. 3.1 Despachar los asuntos de competencia municipal y del Presidente Municipal. Brindar a través de su personal de asesoría jurídica a la presidencia y las áreas administrativas asesoría técnica, legal y administrativa, misma que tiende a la coordinación de esfuerzos. Promover iniciativas de Reglamentos, vigilar su elaboración y turnar al ayuntamiento para su revisión, estudio y dictamen, previo acuerdo con el presidente. Organizar y vigilar el funcionamiento de los órganos encargados de la administración de la justicia municipal.  Suscribir conjuntamente con el presidente Municipal las licencias, permisos, autorizaciones, constancias y certificaciones Municipales, vigilando el cumplimiento de las exigencias legales del caso. Así como los nombramientos expedidos por el Ayuntamiento. Enviar al periódico oficial de Gobierno del Estado el presupuesto de egresos y tabulador para su publicación, una vez que fue aprobado por el Ayuntamiento en sesión de Cabildo. Llevar un libro de actas en el que se asientan los asuntos tratados y acuerdos tomados con las respectivas firmas de conformidad por parte de los miembros del Ayuntamiento. Auxiliar al Presidente Municipal en la elaboración del Informe de gobierno. Dar seguimiento al Plan de Desarrollo Municipal propuesto para el periodo respectivo. Tener bajo su cargo la responsabilidad, conservación y dirección del Archivo General del Ayuntamiento. Realizar la expedición de copias, constancias, y certificaciones, buscar datos e informes previos al pago de derechos, conforme a lo establecido en la ley de ingresos del Municipio. Controlar la correspondencia y dar cuenta diaria al presidente, para acordar el trámite correspondiente. Estar presente en todas las sesiones de Cabildo con voz informativa, disponiendo de los antecedentes necesarios para el mejor conocimiento de los negocios que se deban resolver. Levantar las actas al término de las sesiones de Cabildo y recabar las firmas de los miembros del Ayuntamiento, así como de los funcionarios que deban hacerlo. http://www.cegaipslp.org.mx/HV2022Dos.nsf/nombre_de_la_vista/47981D65972E6F49062589C6005D8C73/$File/PERFIL+SECRETARIO+AYUNTAMIENTO.pdf 0 RECURSOS HUMANOS 10/03/2024 10/03/2024
2024 01/02/2024 29/02/2024 REGISTRO CIVIL OFICIAL DEL REGISTRO CIVIL OFICIAL DEL REGISTRO CIVIL REGISTRO CIVIL MANUAL DE ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA 2021-2024 FRACC. 4 Atender al público en el horario establecido. Expedir copias o actas certificadas de los documentos que obran dentro del departamento de registro civil. Organizar el despacho de registro civil de la manera que se brinde un mejor servicio a la ciudadanía. Hacer constar los actos del estado civil tales como: Nacimientos, Reconocimiento de hijos, Matrimonios, Inscripciones de divorcio y defunciones. Revisar Actas y libros correspondientes. Calendarizar los matrimonios foráneos. Informar a la Secretaria del Ayuntamiento de las acciones llevadas a cabo. Encuadernar y enviar las actas a la dirección General de Oficialías. http://www.cegaipslp.org.mx/HV2020Dos.nsf/nombre_de_la_vista/858BE933F5B50D608625860A005BAF34/$File/No+Se+Generó+Inf.pdf 0 RECURSOS HUMANOS 10/03/2024 10/03/2024 No se generó información en la solicitud del "Hipervínculo al perfil y/o requerimientos del puesto o cargo, en su caso", con fundamento en la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de SLP. ARTICULO 70. El Presidente Municipal es el ejecutivo de las determinaciones del Ayuntamiento; tendrá las siguientes facultades y obligaciones: VI. Nombrar a los servidores públicos municipales cuya designación no sea facultad exclusiva del Cabildo
2024 01/02/2024 29/02/2024 COMUNICACIÓN SOCIAL DIRECTOR DE COMUNICACIÓN SOCIAL DIRECTOR DE COMUNICACIÓN SOCIAL COMUNICACIÓN SOCIAL MANUAL DE ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA 2021-2024 FRACC. 22 Mantener la presencia permanente de la Presidencia Municipal en los medios de comunicación. Recabar información de cada área y corregir la imagen en los medios de comunicación. Recibir la información, para la difusión interna de los procesos que realiza cada una de las áreas de la Presidencia Municipal. Autorizar la información que se difunde en los medios de comunicación. Dar cumplimiento a las actividades calendarizadas por departamento y conforme a la estrategia de comunicación y difusión a la sociedad. Atender a los medios de comunicación. Elaborar boletines y escribir versiones estenográficas. Corregir y/o redactar los materiales escritos que difunde la Presidencia. Documentar los procesos conjuntamente con cada responsable de área. Enviar boletines vía fax y correo electrónico. Asistir a recorridos y eventos con el Presidente Municipal. Diseñar originales mecánicos y digitales para volantes, dípticos, trípticos, mantas, mamparas, inserciones y otros medios impresos. Diseñar programas de acciones de todas las áreas del Ayuntamiento. Canalizar a las Áreas del Ayuntamiento las quejas del monitoreo. Integrar, seleccionar y archivar fotografías. Elaborar el calendario Cívico. http://www.cegaipslp.org.mx/HV2020Dos.nsf/nombre_de_la_vista/858BE933F5B50D608625860A005BAF34/$File/No+Se+Generó+Inf.pdf 0 RECURSOS HUMANOS 10/03/2024 10/03/2024 No se generó información en la solicitud del "Hipervínculo al perfil y/o requerimientos del puesto o cargo, en su caso", con fundamento en la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de SLP. ARTICULO 70. El Presidente Municipal es el ejecutivo de las determinaciones del Ayuntamiento; tendrá las siguientes facultades y obligaciones: VI. Nombrar a los servidores públicos municipales cuya designación no sea facultad exclusiva del Cabildo
2024 01/02/2024 29/02/2024 SINDICATURA SINDICO MUNICIPAL SINDICO MUNICIPAL SINDICATURA MUNICIPAL MANUAL DE ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA 2021-2024 FRACC.2 Procurar, defender y promover los intereses Municipales. Representar jurídicamente al Ayuntamiento en los asuntos en que este sea parte, y en la gestión de los negocios de la hacienda municipal con todas las facultades de un apoderado general para pleitos y cobranzas, pudiendo además nombrar ante los tribunales, delegados, representantes legales, apoderados, coadyuvantes, según sea el caso, ello en los términos que establezca la ley que rija la materia en cuyo procedimiento comparezca; Vigilar la correcta aplicación del presupuesto municipal. Asistir en coordinación del Contralor interno a las visitas de inspección que se hagan a la Tesorería Municipal. Vigilar con la oportunidad necesaria, que se presente al Congreso del Estado en tiempo y forma la cuenta pública anual así como los estado financieros mensuales, previo conocimiento del ayuntamiento. Legalizar la propiedad de los bienes municipales así como la formulación y actualización de los inventarios de los bienes muebles e inmuebles del municipio en coordinación con la Tesorería, procurando que se establezcan los registros administrativos necesarios para su control y vigilancia. Asistir puntualmente a las sesiones de cabildo y participar en las discusiones con voz y voto. Refrendar con su firma, conjuntamente con las del Presidente Municipal y del Secretario, los contratos, concesiones y convenios que autorice el cabildo, responsabilizándose de que los documentos se apeguen a la ley; Presidir las comisiones para las cuales fuere designado; Intervenir como asesor en las demás comisiones cuando se trate de dictámenes o resoluciones que afecten al Municipio; Fungir como Agente del Ministerio Público en los casos que determinen las leyes de la materia; Asistir y acreditar los cursos de inducción, talleres de capacitación y formación que instrumente e imparta el Ejecutivo del Estado, por conducto de la dependencia del Ramo correspondiente, o por universidades públicas o privadas, una vez que cuenten con la constancia de la autoridad electoral que los acredite como tales y antes de tomar posesión de su cargo; así como asistir a los cursos de capacitación y formación que instrumente e imparta la Auditoría Superior del Estado, durante el tiempo del ejercicio de la administración para la cual fue electo; Presentar las denuncias y querellas ante el Ministerio Público que corresponda, dentro de los treinta días siguientes a la expedición de los dictámenes o resoluciones que emita la Contraloría Interna Municipal, dentro de los procedimientos disciplinarios administrativos promovidos en contra de los servidores públicos, cuando se presuma la probable comisión de un delito, y Las demás que le concedan o le impongan las leyes, los reglamentos o el Ayuntamiento. ARTICULO 76. El Síndico no puede desistirse, transigir o comprometerse en árbitros, ni hacer cesión de bienes, sin autorización expresa que para cada caso le otorgue el Ayuntamiento. Refrendar con su firma los contratos, concesiones y convenios que autorice el Ayuntamiento. http://www.cegaipslp.org.mx/HV2022Dos.nsf/nombre_de_la_vista/304473951A47FBA7062589C6005D9650/$File/PERFIL+SINDICO+MUNICIPAL.pdf 0 RECURSOS HUMANOS 10/03/2024 10/03/2024
2024 01/02/2024 29/02/2024 INSTANCIA DE LA MUJER DIRECTORA DE LA INSTANCIA DIRECTORA DE LA INSTANCIA DE LA MUJER INSTANCIA DE LA MUJER MANUAL DE ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA 2021-2024 FRACC. 20 Promover la igualdad entre mujeres y hombres en las áreas de desarrollo social, económico, político y cultural; mediante el aseguramiento en la aplicación de la perspectiva de género, la concentración de los tres niveles de gobierno, la vinculación con todos los sectores sociales, la participación social y el ejercicio pleno de la ciudadanía de las mujeres, en el marco de un ejercicio de gobierno municipal democrático, incluyente, justo y con una ciudadanía activa. Diseñar e implementar medidas de capacitación e información destinadas a mujeres y hombres con la finalidad de sensibilizarlos en el respeto a los derechos de la mujer; lograr su desarrollo con la participación plena en las responsabilidades familiares, así como la protección de la salud. Atender y dar seguimiento a mujeres que requieran y soliciten apoyo. Apoyar a las escuelas con talleres y pláticas de información sobre la igualdad en derechos de mujeres y hombres. El personal de esta área está comprometido a cumplir las instrucciones y demás funciones que le determinen como de su competencia: el H. Ayuntamiento, el C. Presidente Municipal, su jefe inmediato, las leyes y reglamentos vigentes. http://www.cegaipslp.org.mx/HV2020Dos.nsf/nombre_de_la_vista/858BE933F5B50D608625860A005BAF34/$File/No+Se+Generó+Inf.pdf 0 RECURSOS HUMANOS 10/03/2024 10/03/2024 No se generó información en la solicitud del "Hipervínculo al perfil y/o requerimientos del puesto o cargo, en su caso", con fundamento en la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de SLP. ARTICULO 70. El Presidente Municipal es el ejecutivo de las determinaciones del Ayuntamiento; tendrá las siguientes facultades y obligaciones: VI. Nombrar a los servidores públicos municipales cuya designación no sea facultad exclusiva del Cabildo
2024 01/02/2024 29/02/2024 JUNTA DE RECLUTAMIENTO OPERADOR DE LA JUNTA DE RECLUTAMIENTO OPERADOR DE LA JUNTA DE RECLUTAMIENTO JUNTA DE RECLUTAMIENTO DEL H. AYUNTAMIENTO DE AHUALULCO DEL SONIDO 13 MANUAL DE ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA 2021-2024 FRACC. 3.2 Mantener actualizado el padrón de registro. Entregar en tiempo y forma las cartillas militares. Tener un control de estas y del sello oficial. Seleccionar a los candidatos para la expedición de cartilla militar según la información proporcionada por los interesados. Publicar y difundir la convocatoria de registro correspondiente; Empadronar y registrar a todos los mexicanos residentes del municipio de Ahualulco; Expedir cartillas de entidad militar y las constancias respectivas; Formular listas de reclutamiento, publicarlas y realizar el sorteo respectivo, comunicando el resultado del mismo; Coordinar y apoyar a las autoridades militares en lo relativo al servicio social que deban cumplir los reclutas.  Las demás que expresamente le fijen las leyes, reglamentos y acuerdos de cabildo. El personal de esta área está comprometido a cumplir las instrucciones y demás funciones que le determinen como de su competencia: el H. Ayuntamiento, el C. Presidente Municipal, su jefe inmediato, las leyes y reglamentos vigentes. http://www.cegaipslp.org.mx/HV2020Dos.nsf/nombre_de_la_vista/858BE933F5B50D608625860A005BAF34/$File/No+Se+Generó+Inf.pdf 0 RECURSOS HUMANOS 10/03/2024 10/03/2024 No se generó información en la solicitud del "Hipervínculo al perfil y/o requerimientos del puesto o cargo, en su caso", con fundamento en la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de SLP. ARTICULO 70. El Presidente Municipal es el ejecutivo de las determinaciones del Ayuntamiento; tendrá las siguientes facultades y obligaciones: VI. Nombrar a los servidores públicos municipales cuya designación no sea facultad exclusiva del Cabildo
2024 01/02/2024 29/02/2024 DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN Y CULTURA DIRECCIÓN DE DESARROLLO CULTURAL DIRECTOR DE EDUCACIÓN Y CULTURA EDUCACIÓN Y CULTURA MANUAL DE ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA 2021-2024 FRACC.23 Realizar la difusión oportuna, objetiva y profesional de las actividades culturales, a través del contacto con los medios de comunicación para darlas a conocer a la población en general. Realizar eventos culturales, intermunicipales así como intercambios con otros municipios para un mayor fortalecimiento y esparcimiento de los niños, jóvenes y adultos y no dediquen su tiempo libre a otras actividades como “vagancia, drogadicción, etc.” Elaborar un diagnóstico y registro de las festividades, elementos y manifestaciones culturales, de nuestras comunidades, y poder difundir más la cultura. Elaborar una agenda vigente de profesionales de la región, en materia de diagnóstico como enfoque cultural, con la finalidad de poder elaborar proyectos de estrategia de promoción cultural. Apoyar la elaboración de manuales y/o modelos de evaluación general de proyectos culturales. Elaborar convenios con instituciones de giro Cultural, Social y Educativo, bajo la autorización del presidente municipal. Elaborar y reproducir material didáctico que sirva como medio para poder dar difusión cultural de nuestros antepasados, y la importancia de nuestra cultura e identidad como pueblo mexicano. htt



Bitácora de registro y acuse

Tabla de aplicabilidad4F68E2E53BB03A7806258ADE005C4BCECreado el 03/12/2024 10:54:27 AM
Carátula de registro25006284C02458F406258ADE005CBE48Autorahualulco slp
RegistroB9A8F8F5FB81946E06258ADE005CE051Tipo de documento1 Registro general




La CEGAIP, es un organismo público con autonomía presupuestaria, operativa,
de gestión y de decisión, a la que se encomienda el fomento y la difusión del
derecho de acceso a la información púbica.
Avenida Real de Lomas, 1015, piso 4, torre 2, Colonia Lomas 4ª Sección, Código Postal 78216
San Luis Potosí, S.L.P. México
Teléfonos: (444) 825-1020 / 825-6468 / 825-2583 / 825-2584 / 246-3085 / 246-2086