Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí

Sujeto Obligadosoledad slp
Soledad de Graciano Sánchez

Periodo
07 Julio2024

ObligaciónLos sujetos obligados pondrán a disposición del público y mantendrán actualizada, en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas que a continuación se señalan

Obligación específica.
Su estructura orgánica completa, en un formato que permita vincular cada parte de la estructura, las atribuciones y responsabilidades que le corresponden a cada servidor público, prestador de servicios profesionales o miembro de los sujetos obligados, de conformidad con las disposiciones aplicables.

A ) Artículo84

B ) FracciónV

C ) Inciso


Registro general

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Acceso directo:
LTAIPSLP84V JULIO 2024.xlsx

Hipervinculo
http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2024.nsf/nombre_de_la_vista/D3639FD67271E43406258B72005893DF/$File/LTAIPSLP84V+JULIO+2024.xlsx




Visor de Datos abiertosDatos digitales de caracter público, accesibles en linea, que pueden ser usados, reutilizados y redistribuidos por cualquier interesado. Ver CONAIP/SNT/ACUERDO/EXT13/04/2016-08


TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN
Estructura Orgánica LTAIPSLP84V Se deberá publicar la estructura vigente, es decir, la que está en operación en el sujeto obligado y ha sido aprobada y/o dictaminada por la autoridad competente. Tabla Campos
Ejercicio Fecha de inicio del periodo que se informa Fecha de término del periodo que se informa Denominación del área Denominación del puesto (Redactados con perspectiva de género) Denominación del cargo (de conformidad con el nombramiento otorgado) Área de adscripción inmediata superior Denominación de la norma que establece atribuciones, responsabilidades y/o funciones y el fundamento legal (artículo y/o fracción) Atribuciones, responsabilidades y/o funciones, según sea el caso (Redactadas con perspectiva de género) Hipervínculo al perfil y/o requerimientos del puesto o cargo, en su caso (Redactados con perspectiva de género) Por cada área, en su caso, incluir el número total de personas prestadoras de servicios profesionales o miembros Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información Fecha de actualización Nota
2024 01/07/2024 31/07/2024 PRESIDENCIA PRESIDENTA MUNICIPAL PRESIDENTE MUNICIPAL DEL H. AYUNTAMIENTO DE SOLEDAD DE GRACIANO SANCHEZ PRESIDENCIA LEY ORGANICA DE MUNICIPIO LIBRE DEL ESTADO S.L.P. ARTICULO 12 Y 13 FRACCION SEGUNDA "ARTICULO 70.La Presidenta Municipal es el ejecutivo de las determinaciones del Ayuntamiento; tendrá las siguientes facultades y obligaciones: (REFORMADA, P.O. 03 DE ABRIL DE 2007) I. Cumplir y hacer cumplir la Ley Orgánica del Municipio Libre, el Bando de Policía y Gobierno, los reglamentos y demás ordenamientos del Municipio, y las resoluciones del Cabildo que estén apegadas a derecho; II. Promulgar y ordenar conforme lo establece la presente Ley, la publicación de los reglamentos y disposiciones de observancia general aprobadas por el Cabildo; (REFORMADA, P.O. 03 DE ABRIL DE 2007) III. Convocar por conducto del Secretario y presidir las sesiones de Cabildo, teniendo voz y voto para tomar parte en las discusiones, y voto de calidad en caso de empate; (REFORMADA, P.O. 23 DE JULIO DE 2015) IV. Celebrar a nombre del Ayuntamiento y por acuerdo de éste, los actos y contratos necesarios para el despacho de los negocios administrativos y la atención de los servicios públicos municipales, salvo los convenios cuya celebración corresponde directamente al ayuntamiento en los términos de esta ley. Además, establecer las medidas financieras, legales y operativas necesarias que apoyen y garanticen la independencia técnica de la Contraloría Interna. V. Proponer al Ayuntamiento en la primera sesión de Cabildo, los nombramientos del Secretario, del Tesorero, del Contralor, y del Oficial Mayor y Delegados en su caso. La propuesta que presente el Presidente Municipal será sometida a la aprobación del Cabildo; de no acordarse procedente, el Presidente Municipal presentará en la misma sesión una terna de candidatos para cada puesto, de entre los cuales el Cabildo hará la designación respectiva; si dicho cuerpo colegiado no acordare favorablemente o negare en su caso la propuesta de los candidatos, el Presidente Municipal expedirá inmediatamente el nombramiento en favor de cualquiera de los integrantes de la terna propuesta para cada cargo; (REFORMADA, P.O. 21 DE DICIEMBRE DE 2010) VI. Nombrar a los servidores públicos municipales cuya designación no sea facultad exclusiva del Cabildo, garantizando que las relaciones laborales entre el Ayuntamiento y sus trabajadores, se apeguen a lo dispuesto en la Ley de los Trabajadores al Servicio de las Instituciones Públicas del Estado y Municipios de San Luis Potosí. (ADICIONADO, P.O. 21 DE DICIEMBRE DE 2010) Tratándose de directores, subdirectores de área, o jefes de área o departamento, así como todo servidor público que ejerza funciones de dirección, inspección, vigilancia y fiscalización, cuando tengan carácter general, así como todas aquellas que por su naturaleza se definan como tales en los catálogos o tabuladores generales de puestos a que se refiere la Ley de los Trabajadores de las Instituciones Públicas del Estado de San Luis Potosí, el nombramiento será por el periodo de duración de la administración que los designó; pudiendo removerlos anticipadamente por causa justificada sin que proceda, reinstalación o pago de salarios vencidos, más allá del periodo establecido en el nombramiento respectivo; VII. Nombrar al Presidente del Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia; VIII. Vigilar que las dependencias administrativas municipales se integren y funcionen legalmente, atendiendo las actividades que les están encomendadas con la eficiencia requerida; IX. Coordinar las funciones y la prestación de los servicios públicos municipales, proponiendo al Ayuntamiento la creación de organismos especiales para la prestación o la concesión de dichos servicios cuando así lo estime conveniente; X. Cuidar el correcto desempeño de las funciones encomendadas a la policía preventiva municipal y tránsito; VI. Diseñar proyectos de iluminación para fines monumentales y escénicos. VII. Efectuar la inspección técnica y ejecución de trámites administrativos para la recepción de redes de alumbrado, así como para la contratación del servicio de energía eléctrica. VIII. Dictaminar técnicamente las obras eléctricas que construye Gobierno del Estado y que van a ser entregadas al Municipio. IX. Verificar que las cuotas por consumo de energía eléctrica según facturaciones sean acordes a las lecturas de los medidores y en su caso a las tarifas de servicio. X. Las demás que le encomiende el Director Municipal de Servicios Públicos. " https://www.municipiosoledad.gob.mx/pdf/transparencia/19_fraccionII/funciones_perfiles_puestos.pdf 0 RECURSOS HUMANOS 07/08/2024 En el campo Hipervínculo al perfil y/o requerimientos del puesto o cargo, en su caso; se sugiere copiar y pegar el hipervinculo de consulta en su navegador
2024 01/07/2024 31/07/2024 SERVICIOS GENERALES RECOLECTOR B RECOLECTOR B RECOLECTOR B ARTICULO 80 DEL REGLAMENTO INTERNO DE LA ADMINISTRACION PUBLICA DE SOLEDAD DE GRACIANO SANCHEZ S.L.P. MANTENER ORDENADAS Y LIMPIAS TODAS LAS AREAS Y OFICINAS QUE FORMAR PARTE DE LA ADMINISTRACION MUNICIPAL ll. BRINDAR EL MANTENIMIENTO GENERAL DE LAS OFICINAS. lll LAS QUE LE ENCOMIENDEN EL DIRECTOR DE SERVICIOS PUBLICOS MUNICIPALES https://www.municipiosoledad.gob.mx/pdf/transparencia/19_fraccionII/funciones_perfiles_puestos.pdf 0 RECURSOS HUMANOS 07/08/2024 En el campo Hipervínculo al perfil y/o requerimientos del puesto o cargo, en su caso; se sugiere copiar y pegar el hipervinculo de consulta en su navegador
2024 01/07/2024 31/07/2024 OBRAS PUBLICAS ALBAÑIL B ALBAÑIL B ALBAÑIL B ARTICULO 80 DEL REGLAMENTO INTERNO DE LA ADMINISTRACION PUBLICA DE SOLEDAD DE GRACIANO SANCHEZ S.L.P. MANTENER ORDENADAS Y LIMPIAS TODAS LAS AREAS Y OFICINAS QUE FORMAR PARTE DE LA ADMINISTRACION MUNICIPAL ll. BRINDAR EL MANTENIMIENTO GENERAL DE LAS OFICINAS. lll LAS QUE LE ENCOMIENDEN EL DIRECTOR DE SERVICIOS PUBLICOS MUNICIPALES https://www.municipiosoledad.gob.mx/pdf/transparencia/19_fraccionII/funciones_perfiles_puestos.pdf 0 RECURSOS HUMANOS 07/08/2024 En el campo Hipervínculo al perfil y/o requerimientos del puesto o cargo, en su caso; se sugiere copiar y pegar el hipervinculo de consulta en su navegador
2024 01/07/2024 31/07/2024 ASEO PUBLICO CHOFER B CHOFER B CHOFER B ARTICULO 82 DEL REGLAMENTO INTRNO DE LA ADMINISTRACION PUBLICA DE SOLEDAD DE GRACIANO SANCHEZ S.L.P. ARTICULO 81.- Son funciones de la DIRECCIÓN DE CATASTRO MUNICIPAL: I. Administrar y mantener actualizado el inventario de predios existentes en el Municipio de Soledad de Graciano Sánchez con la descripción de sus características y condiciones físicas, de ubicación, de propiedad, uso de suelo y su valuación y revaluación a partir de los valores catastrales vigentes. Artículo 82.- Son funciones de la DIRECCIÓN DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA: I. Proyectar, contratar y aplicar el control técnico, administrativo, documental y los registros respectivos del proceso constructivo de todas las obras y acciones relacionadas con la infraestructura y equipamiento urbanos del Municipio de Soledad de Graciano Sánchez. https://www.municipiosoledad.gob.mx/pdf/transparencia/19_fraccionII/funciones_perfiles_puestos.pdf 0 RECURSOS HUMANOS 07/08/2024 En el campo Hipervínculo al perfil y/o requerimientos del puesto o cargo, en su caso; se sugiere copiar y pegar el hipervinculo de consulta en su navegador
2024 01/07/2024 31/07/2024 CAPILLA FUNERARIA AUXILIAR GENERAL B AUXILIAR GENERAL B AUXILIAR GENERAL B ARTICULO 78 DEL REGLAMENTO INTERNO DE LA ADMINISTRACION PUBLICA DE SOLEDAD DE GRACIANO SANCHEZ S.L.P. "ARTICULO 78.- Al DEPARTAMENTO DE ASEO PÚBLICO le
corresponde: I. Supervisar técnica y operativamente el sistema de recolección, transporte y disposición final de los residuos sólidos, urbanos e industriales no peligrosos y ejecutar las actividades para otorgar el servicio de aseo en sitios públicos municipales. II. Supervisar técnicamente el sistema de recolección y transporte de basura doméstica, comercial e industrial, de tal manera que estas operaciones se hagan de manera eficiente. III. Captar, procesar y proveer la información con respecto a la cantidad de los residuos sólidos, urbanos e industriales no peligrosos dentro del ámbito municipal. " https://www.municipiosoledad.gob.mx/pdf/transparencia/19_fraccionII/funciones_perfiles_puestos.pdf 0 RECURSOS HUMANOS 07/08/2024 En el campo Hipervínculo al perfil y/o requerimientos del puesto o cargo, en su caso; se sugiere copiar y pegar el hipervinculo de consulta en su navegador
2024 01/07/2024 31/07/2024 SERVICIOS GENERALES AUXILIAR GENERAL AUXILIAR GENERAL AUXILIAR GENERAL ARTICULO 79 DEL REGLAMENTO INTERNO DE LA ADMINISTRACION PUBLICA DE SOLEDAD DE GRACIANO SANCHEZ S.L.P. "ARTICULO 79.- Son facultades del DEPARTAMENTO DE FUNERARIA MUNICIPAL las siguientes: I. Trasladar el cadáver a las instalaciones de la Funeraria Municipal para el embalsamamiento y preparación del cadáver. II. Una vez realizado el embalsamamiento y la preparación del cadáver este se trasladará a donde será velado; ya sea a un domicilio particular, templo o velatorio. III. Citar y orientar a los deudos para la realización de los trámites legales correspondientes (ACTA DE DEFUNCION, CREMACION O TRASLADO) en la Oficialía según la defunción y pago previo. IV. Realizar el cortejo fúnebre para la inhumación, cremación o traslado. V. En casos especiales de defunción de adultos, que son localizados con más de 48 hrs de su muerte los cuales por riesgos sanitarios se deben de llevar inmediatamente del SEMELE al cementerio y párvulos que por requerimiento de los familiares se realza la inhumación de clínica a el cementerio, por lo cual la papelería y permisos se tramitan antes de trasladar los restos a la inhumación. VI. Llevar un registro de las inhumaciones, cajas y servicios funerarios que ofrece de forma gratuita el Ayuntamiento a personas de escasos recursos y/o casos especiales que así determine el Presidente o Secretario General del Ayuntamiento. ." https://www.municipiosoledad.gob.mx/pdf/transparencia/19_fraccionII/funciones_perfiles_puestos.pdf 0 RECURSOS HUMANOS 07/08/2024 En el campo Hipervínculo al perfil y/o requerimientos del puesto o cargo, en su caso; se sugiere copiar y pegar el hipervinculo de consulta en su navegador
2024 01/07/2024 31/07/2024 SERVICIOS GENERALES AUXILIAR GENERAL A AUXILIAR GENERAL A AUXILIAR GENERAL A ARTICULO 80 DEL REGLAMENTO INTERNO DE LA ADMINISTRACION PUBLICA DE SOLEDAD DE GRACIANO SANCHEZ S.L.P. MANTENER ORDENADAS Y LIMPIAS TODAS LAS AREAS Y OFICINAS QUE FORMAR PARTE DE LA ADMINISTRACION MUNICIPAL ll. BRINDAR EL MANTENIMIENTO GENERAL DE LAS OFICINAS. lll LAS QUE LE ENCOMIENDEN EL DIRECTOR DE SERVICIOS PUBLICOS MUNICIPALES https://www.municipiosoledad.gob.mx/pdf/transparencia/19_fraccionII/funciones_perfiles_puestos.pdf 0 RECURSOS HUMANOS 07/08/2024 En el campo Hipervínculo al perfil y/o requerimientos del puesto o cargo, en su caso; se sugiere copiar y pegar el hipervinculo de consulta en su navegador
2024 01/07/2024 31/07/2024 CAPILLA FUNERARIA SUPERVISOR DE JARDIN SUPERVISOR DE JARDIN SUPERVISOR DE JARDIN ARTICULO 80 DEL REGLAMENTO INTERNO DE LA ADMINISTRACION PUBLICA DE SOLEDAD DE GRACIANO SANCHEZ S.L.P. MANTENER ORDENADAS Y LIMPIAS TODAS LAS AREAS Y OFICINAS QUE FORMAR PARTE DE LA ADMINISTRACION MUNICIPAL ll. BRINDAR EL MANTENIMIENTO GENERAL DE LAS OFICINAS. lll LAS QUE LE ENCOMIENDEN EL DIRECTOR DE SERVICIOS PUBLICOS MUNICIPALES https://www.municipiosoledad.gob.mx/pdf/transparencia/19_fraccionII/funciones_perfiles_puestos.pdf 0 RECURSOS HUMANOS 07/08/2024 En el campo Hipervínculo al perfil y/o requerimientos del puesto o cargo, en su caso; se sugiere copiar y pegar el hipervinculo de consulta en su navegador
2024 01/07/2024 31/07/2024 OBRAS PUBLICAS ALBAÑIL B ALBAÑIL B ALBAÑIL B ARTICULO 79 DEL REGLAMENTO INTERNO DE LA ADMINISTRACION PUBLICA DE SOLEDAD DE GRACIANO SANCHEZ S.L.P. "ARTICULO 79.- Son facultades del DEPARTAMENTO DE FUNERARIA MUNICIPAL las siguientes: I. Trasladar el cadáver a las instalaciones de la Funeraria Municipal para el embalsamamiento y preparación del cadáver. II. Una vez realizado el embalsamamiento y la preparación del cadáver este se trasladará a donde será velado; ya sea a un domicilio particular, templo o velatorio. III. Citar y orientar a los deudos para la realización de los trámites legales correspondientes (ACTA DE DEFUNCION, CREMACION O TRASLADO) en la Oficialía según la defunción y pago previo. IV. Realizar el cortejo fúnebre para la inhumación, cremación o traslado. V. En casos especiales de defunción de adultos, que son localizados con más de 48 hrs de su muerte los cuales por riesgos sanitarios se deben de llevar inmediatamente del SEMELE al cementerio y párvulos que por requerimiento de los familiares se realza la inhumación de clínica a el cementerio, por lo cual la papelería y permisos se tramitan antes de trasladar los restos a la inhumación. VI. Llevar un registro de las inhumaciones, cajas y servicios funerarios que ofrece de forma gratuita el Ayuntamiento a personas de escasos recursos y/o casos especiales que así determine el Presidente o Secretario General del Ayuntamiento. ." https://www.municipiosoledad.gob.mx/pdf/transparencia/19_fraccionII/funciones_perfiles_puestos.pdf 0 RECURSOS HUMANOS 07/08/2024 En el campo Hipervínculo al perfil y/o requerimientos del puesto o cargo, en su caso; se sugiere copiar y pegar el hipervinculo de consulta en su navegador
2024 01/07/2024 31/07/2024 OBRAS PUBLICAS ALBAÑIL B ALBAÑIL B ALBAÑIL B ARTICULO 82 DEL REGLAMENTO INTRNO DE LA ADMINISTRACION PUBLICA DE SOLEDAD DE GRACIANO SANCHEZ S.L.P. ARTICULO 81.- Son funciones de la DIRECCIÓN DE CATASTRO MUNICIPAL: I. Administrar y mantener actualizado el inventario de predios existentes en el Municipio de Soledad de Graciano Sánchez con la descripción de sus características y condiciones físicas, de ubicación, de propiedad, uso de suelo y su valuación y revaluación a partir de los valores catastrales vigentes. Artículo 82.- Son funciones de la DIRECCIÓN DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA: I. Proyectar, contratar y aplicar el control técnico, administrativo, documental y los registros respectivos del p



Bitácora de registro y acuse

Tabla de aplicabilidad18DE61FB5EE773E406258B720057B3BACreado el 08/07/2024 10:07:30 AM
Carátula de registro247B08F2B87E8F0C06258B720057B9FEAutorsoledad slp
RegistroD3639FD67271E43406258B72005893DFTipo de documento1 Registro general




La CEGAIP, es un organismo público con autonomía presupuestaria, operativa,
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