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Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí | |
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Sujeto Obligado | | cc slp |
| | Centro de Convenciones de San Luis Potosí | | | |
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Periodo | |
07 Julio | | 2024 |
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Obligación | | Los sujetos obligados pondrán a disposición del público y mantendrán actualizada, en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas que a continuación se señalan |
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Obligación específica. | | | | | |
| | Las facultades de cada área. |
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A ) Artículo | | 84 | | | |
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B ) Fracción | | VI | | | |
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C ) Inciso | | | | | |
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Registro general |
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| | Para Consultar el documento | | | |
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Acceso directo: LTAIPSLP84VI.xlsx |
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Hipervinculo | | | | | |
http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2024.nsf/nombre_de_la_vista/FC976677CB41757806258B8500520A6C/$File/LTAIPSLP84VI.xlsx |
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Visor de Datos abiertos | | Datos digitales de caracter público, accesibles en linea, que pueden ser usados, reutilizados y redistribuidos por cualquier interesado. Ver CONAIP/SNT/ACUERDO/EXT13/04/2016-08 |
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TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN
Facultades de cada área LTAIPSLP84VI Los sujetos obligados publicarán para cada una de las áreas previstas en el reglamento interior, estatuto orgánico respectivo o normatividad equivalente, las facultades de cada área, entendidas como las aptitudes o potestades que les otorga la ley para para llevar a cabo actos administrativos y/o legales válidos, de los cuales surgen obligaciones, derechos y atribuciones. Tabla Campos
Ejercicio Fecha de inicio del periodo que se informa Fecha de término del periodo que se informa Denominación del área Denominación de la norma que establece atribuciones, responsabilidades y/o funciones y el fundamento legal (artículo y/o fracción) Hipervínculo al fragmento de la norma que establece las facultades que correspondan a cada área Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información Fecha de actualización Nota
2024 01/07/2024 31/07/2024 Dirección General Reglamento Interior del Centro de Convenciones de San Luis Potosi , Articulo 19 http://www.cegaipslp.org.mx/HV2020.nsf/nombre_de_la_vista/5331FC99FE4D5BD48625850A005E133D/$File/Reglamento+Interior+del+Centro+de+Convenciones+(21-MAY-2015).pdf#page=4 Dirección Administrativa 26/08/2024 "Articulo 19: El Director General tendra la representacion del Centro y asumira la direccion tecnica y administrativa, siendo responsable ante las autoridades superiores de su correcto funcionamiento, en los terminos y con las contribuciones contenidas en la legislacion aplicable, en el Decreto y en el presente Reglamento. Asimismo, ademas de las facultades establecidas en el Art. 12 del Decreto, tendrá las siguientes: I. Revisar el presupuesto anual del Centro; II. Ejecutar los acuerdos tomados en las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Junta de Gobierno y III. Certificar la documentación que obre en su poder en términos de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública vigente en el Estado."
2024 01/07/2024 31/07/2024 Dirección General Decreto Administrativo Mediante el cual se crea el Centro de Convenciones de San Luis Potosi , Articulo 12 http://www.cegaipslp.org.mx/HV2020Dos.nsf/nombre_de_la_vista/19F5FD5DAC1B36AF862586080001C1D9/$File/Decreto+de+Creación+del+Centro+de+Convenciones+de+SLP+(11-OCT-2013).pdf#page=3 Dirección Administrativa 26/08/2024 Articulo 12: El Director General del CENTRO tendra las siguientes atribuciones: I. Representar legalmente al CENTRO, fungiendo como mandatario general para pleitos y cobranzas, actos de administracion, cambiario y de dominio, con todas las facultades generales y especiales que requieran clausula especial conforme a la Ley, en los terminos del articulo 2554 del Codigo Civil Federal y su correlativo articulo 2384 del Codigo Civil para el Estado de San Luis Potosi. Como consecuencia podra enunciativa y no limitativamente: a) Presentar demandas y desistirse de las mismas en los Juicios de Amparo. b) Otorgar las facultades para actos de administracion y dominio, pleitos y cobranzas, previo acuerdo de la Junta de Gobierno. c) Nombrar apoderados para que comparezcan a defender, ante toda clase de autoridades judiciales, administrativas y del trabajo, los intereses legales del CENTRO. II. Ejecutar las politicas sobre el funcionamiento del CENTRO, conforme a los lineamientos de la Junta de Gobierno; III. Presentar los proyectos, planes y programas ante la Junta de gobierno para su aprobacion; IV. Administrar el funcionamiento del CENTRO de conformidad con los lineamientos de la Junta de Gobierno; V. Presentar ante la Junta de Gobierno el Informe anual para su aprobacion, asi como los informes generales o especiales que le sean solicitados; VI. Elaborar y someter a la aprobacion de la Junta de Gobierno el Programa Operativo Anual y el correspondiente anteproyecto de presupuesto de ingresos y egresos del CENTRO; VII. Celebrar toda clase de contratos y convenios, en las condiciones que autorice la Junta de Gobierno, con los sectores publico, social, privado, asociaciones y sociedades mercantiles inherentes con los objetivos y funcionamiento del CENTRO; VIII. Convocar de manera periodica a las camaras empresariales y organismos publicos y privados a efecto de conocer sus opiniones en el ambito de su competencia del funcionamiento del CENTRO, asi como aceptar sus sugerencias para mejorar la prestacion de estos servicios; IX. Previo estudio, presentar a las autoridades competentes, programas para la creacion, conservacion y mejoramiento de instalaciones; X. Presidir el Comite de Adquisiciones del CENTRO; XI. Ejercer el presupuesto anual de egresos del CENTRO; de conformidad con los ordenamientos legales aplicables; XII. Tramitar ante las autoridades fiscales, la autorizacion para extender recibos deducibles de impuestos y expedir a todas aquellas personas e instituciones de las cuales reciba subsidios o donaciones, el recibo deducible de impuestos; XIII. Recibir subsidios, donativos y aportaciones de los Gobiernos Federal, Estatal y Municipal, asi como de instituciones publicas y privadas; XIV. Contratar al personal administrativo necesario para cumplir con los objetivos del CENTRO, de conformidad con el presupuesto autorizado y la normatividad vigente, y supervisar su desempeño; XV. Con la aprobacion de la Junta, fijar y ajustar los montos de las cuotas de recuperacion de los servicios y eventos que preste el CENTRO, la supervision de su cobro y aplicacion, en los terminos de la legislacion aplicable; y XVI. Las demas que conforme a las disposiciones legales le correspondan, asi como las que la Junta de Gobierno le otorgue. 2024 01/07/2024 31/07/2024 Dirección Administrativa Reglamento Interior del Centro de Convenciones de San Luis Potosí, Articulo 24 http://www.cegaipslp.org.mx/HV2020.nsf/nombre_de_la_vista/5331FC99FE4D5BD48625850A005E133D/$File/Reglamento+Interior+del+Centro+de+Convenciones+(21-MAY-2015).pdf#page=5 Dirección Administrativa 26/08/2024 "Articulo 24 La Direccion de Administracion tendra las siguientes atribuciones: I. Administrar y controlar las finanzas del Centro para la
consecución de objetivos; II. Asegurar y garantizar el uso y manejo eficiente de los recursos económicos y financieros; III. Llevar a cabo el análisis de los estados financieros del
Centro y garantizar que la información vertida en ellos sea transparente y veraz; IV. Promover y propiciar las acciones que generen, en los recursos humanos del Centro el mejor ambiente de trabajo y calidad de vida; V. Analizar la información financiera que se genera y se presenta para la Junta de Gobierno y las reuniones de trabajo; VI. Cuidar el aspecto legal de los requerimientos, así como emprender las acciones legales que el Centro requiera; coordinándose con el área jurídica de la Secretaría; VII. Formular y presentar los indicadores de productividad, eficiencia, costos, gastos y finanzas a la Dirección General; VIII. Atender los requerimientos de la Contraloría General del Estado y áreas afines para dar transparencia al manejo de los recursos públicos; IX. Evaluar los proyectos de inversión y elaborar los proyectos de presupuestos anuales en coordinación con las demás áreas; X. Elaborar los análisis económicos y financieros cada año, para que sirvan de base en la elaboración de presupuestos de gastos y de inversión; XI. Llevar un control general de los expedientes laborales del personal. XII. Aplicar las sanciones administrativas a las que se haya hecho acreedor el servidor público al servicio del Centro, observando al efecto lo dispuesto en los ordenamientos legales aplicables; XIII. Participar en la elaboración y actualización de los manuales de organización, de procedimientos y demás instrumentos normativos que deban regir al Centro, de acuerdo a la normatividad de Oficialía Mayor de Gobierno del Estado; XIV. Realizar o tramitar, las adquisiciones de mobiliario y equipo
para el equipamiento de los espacios del Centro, de acuerdo al presupuesto y los programas previamente autorizados y de conformidad con la legislación aplicable; XV. Proporcionar los recursos humanos, tecnológicos y materiales que se requieran para la realización de los programas de trabajo, de conformidad con la normatividad aplicable y al presupuesto autorizado; XVI. Controlar el registro de los suministro de bienes y servicios que se necesiten para el funcionamiento del Centro y proponer la celebración de los convenios o contratos que sean respectivos; XVII. Aplicar las normas, políticas y lineamientos generales sobre el control del patrimonio del Centro, así como la elaboración de los inventarios correspondientes de conformidad con la normatividad aplicable, y XVIII. Las demás que le señalen las leyes, decretos, acuerdos, reglamentos y manuales del Centro y lo que expresamente le encomiende la Junta de Gobierno y el Director General."
2024 01/07/2024 31/07/2024 Direccion Comercial Reglamento Interior del Centro de Convenciones de San Luis Potosi, Articulo 22 http://www.cegaipslp.org.mx/HV2020.nsf/nombre_de_la_vista/5331FC99FE4D5BD48625850A005E133D/$File/Reglamento+Interior+del+Centro+de+Convenciones+(21-MAY-2015).pdf#page=4 Dirección Administrativa 26/08/2024 "Articulo 22: La Direccion Comercial tendra las siguientes atribuciones: I. Elaborar los presupuestos de ingresos y egresos de su área; II. Facilitar a través de la programación y coordinación de su equipo de trabajo, la logística de apoyo a los organizadores de eventos durante el montaje, desarrollo del mismo y desmontaje; III. Supervisar las actividades de los servidores públicos de ventas bajo su cargo, apoyándolos en las negociaciones que éstos hacen con los clientes y manejo de cotizaciones; IV. Promocionar el Centro a través de revistas, internet, visitas, asistencia a eventos del medio y con los ejecutivos de ventas; V. Llevar a cabo viajes de negocios nacionales o internacionales a fin de promover los espacios en el Centro en ferias y convenciones; VI. Hacer la estadística para conocer los resultados de operación de su área a través de indicadores de productividad; VII. Supervisar los trabajos y relación con proveedores; VIII. Coordinar y aprobar la elaboración y distribución de la revista del Centro en conjunto con el diseñador y la imprenta, así como mantener actualizada la base de datos de suscriptores; IX. Realizar juntas de trabajo con los concesionarios de alimentos, bebidas y proveedores similares a fin de negociar
costos y presupuestos de los eventos en los que participarán, así como definir estrategias de venta en conjunto; X. Anticipar posibles contingencias que se puedan presentar
durante los eventos, y garantizar con esto la continuidad y la atención a los clientes; XI. Participar en las reuniones de planeación operativa y gerencial en donde se analizan planes, estrategias, objetivos y nuevos eventos; XII. Cumplir con los procedimientos establecidos, así como elaborar y conservar los registros de calidad que correspondan; XIII. Dar seguimiento y difusión a los indicadores de ingresos, ocupación, egresos y niveles de servicio de la unidad administrativa; XIV. Llevar a cabo reuniones con los clientes después de su
evento, para retroalimentar y comentar resultados; XV. Coordinar y ejecutar el desarrollo de los eventos institucionales (eventos, expertos, etc.) para la promoción local del centro, y XVI. Las demás que le señalen las leyes, decretos, acuerdos, el presente Reglamento, los manuales del Centro y lo que expresamente le encomiende la Junta de Gobierno y el
Director General."
2024 01/07/2024 31/07/2024 Dirección Operaciones Reglamento Interior del Centro de Convenciones de San Luis Potosi, Articulo 23 http://www.cegaipslp.org.mx/HV2020.nsf/nombre_de_la_vista/5331FC99FE4D5BD48625850A005E133D/$File/Reglamento+Interior+del+Centro+de+Convenciones+(21-MAY-2015).pdf#page=5 Dirección Administrativa 26/08/2024 "Articulo 23: La Direccion de Operaciones tendra las siguientes atribuciones I. Llevar a cabo la evaluación de proyectos de inversión, a mediano y a corto plazo, en cuanto a recursos económicos y humanos que serán necesarios; II. Garantizar la buena operación del edificio en los locales, apoyando a los locatarios en las necesidades de estos y cuidando mantener en óptimas condiciones la imagen del centro; III. Asegurar que el acceso del estacionamiento sea fluido, manteniéndolo en funcionamiento y en buen estado, así como revisar los reportes internos; IV. Participar en las juntas de planeación para revisar los compromisos y eventos que se realizarán en el Centro; V. Negociar con proveedores las necesidades que los clientes le solicitan y que salen del concepto de las operaciones del Centro; VI. Intervenir en la planeación de largo plazo con los proyectos de crecimiento y de inversión, en coordinación con las demás áreas y la Dirección General; VII. Cumplir con los procedimientos establecidos, así como elaborar y conservar los registros de calidad que correspondan; VIII. Programar y llevar a cabo juntas internas de la unidad administrativa; IX. Monitorear el desempeño y asistencia de los servidores públicos a su cargo; X. Obtener los presupuestos anuales de la unidad administrativa; XI. Elaborar indicadores financieros de la unidad administrativa para su presentación a la Dirección General; XII. Atender las contingencias que se presenten antes, durante y después de los eventos garantizando con esto la continuidad y la operación del Centro y, XIII. Las demás que le señalen las leyes, decretos, acuerdos, reglamentos y manuales del Centro y lo que expresamente le encomiende la Junta de Gobierno y el Director General." |
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