Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí

Sujeto Obligadostg slp
Secretaría Técnica del Gabinete

Periodo
02 Febrero2025

ObligaciónLos sujetos obligados pondrán a disposición del público y mantendrán actualizada, en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas que a continuación se señalan

Obligación específica.
Su estructura orgánica completa, en un formato que permita vincular cada parte de la estructura, las atribuciones y responsabilidades que le corresponden a cada servidor público, prestador de servicios profesionales o miembro de los sujetos obligados, de conformidad con las disposiciones aplicables.

A ) Artículo84

B ) FracciónV

C ) Inciso


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LTAIPSLP84V.xlsx

Hipervinculo
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TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN
Estructura Orgánica LTAIPSLP84V Se deberá publicar la estructura vigente, es decir, la que está en operación en el sujeto obligado y ha sido aprobada y/o dictaminada por la autoridad competente. Tabla Campos
Ejercicio Fecha de inicio del periodo que se informa Fecha de término del periodo que se informa Denominación del área Denominación del puesto (Redactados con perspectiva de género) Denominación del cargo (de conformidad con el nombramiento otorgado) Área de adscripción inmediata superior Denominación de la norma que establece atribuciones, responsabilidades y/o funciones y el fundamento legal (artículo y/o fracción) Atribuciones, responsabilidades y/o funciones, según sea el caso (Redactadas con perspectiva de género) Hipervínculo al perfil y/o requerimientos del puesto o cargo, en su caso (Redactados con perspectiva de género) Por cada área, en su caso, incluir el número total de personas prestadoras de servicios profesionales o miembros Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información Fecha de actualización Nota
2025 01/01/2025 31/01/2025 Secretaría Técnica del Gabinete Secretario Técnico del Gabinete Secretario Técnico del Gabinete Secretaría Técnica del Gabinete Decreto Administrativo mediante el cual se establece la Estructura Orgánica de la Unidad Administrativa de la Secretaría Técnica del Gabinete y se Reglamenta su Funcionamiento. CAPITULO I, Art. 4º "* Atender en forma directa o delegada, aquellos asuntos que en forma específica le encomiende el Titular del Ejecutivo. * Llevar a cabo el seguimiento y control de los acuerdos tomados entre el Titular del Poder Ejecutivo del Estado y las dependencias o entidades de la Administración Pública Federal, Estatal y Municipal así como de los organismos e instituciones privadas y de la sociedad civil. * En acuerdo con el Titular del Ejecutivo, constituir comisiones o gabinetes cuando se trate de definir o evaluar la política de Gobierno, en materia que sean de la competencia concurrente de varias Dependencias o Entidades de la Administración Pública Estatal; en este sentido, establecer las acciones por gabinete en las áreas social, económica y de seguridad, y mantener ordenado el trabajo administrativo y desahogo de decisiones prioritarias que den seguimiento a las políticas y programas de gobierno y aquellas que encomiende el Gobernador del Estado. * Programar reuniones de trabajo con las distintas Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal e invitar a participar en las reuniones cuando así lo requiera la naturaleza del asunto, a los funcionarios de la Administración Pública Federal y Municipal y a los integrantes de la sociedad civil; * Coordinar a los Asesores que el titular del Ejecutivo designe en los distintos ramos, para el mejor desempeño en las funciones de coordinación y planeación de acciones. * Coordinar las tareas de la Secretaría Técnica del Gabinete, mediante el desahogo de asuntos prioritarios de las agendas por cada Gabinete, para el mejor desempeño en las funciones de planeación y coordinación de acciones; * Aquellas que las disposiciones legales, Reglamentos, Acuerdos y Decretos le confieran." http://www.cegaipslp.org.mx/HV2023.nsf/7D1898EC8A80207206258A62006926AF/$file/COORDINADOR%20DE%20ASESORES%2019-02.pdf 0 Área Administrativa 07/02/2025 El personal se encuentra adscrito a la Secretaría Técnica del Gabinete, como Área Administrativa. 2025 01/01/2025 31/01/2025 Secretaría Técnica del Gabinete Director General Director General Secretaría Técnica del Gabinete Decreto Administrativo mediante el cual se establece la Estructura Orgánica de la Unidad Administrativa de la Secretaría Técnica del Gabinete y se Reglamenta su Funcionamiento. CAPITULO I, Art. 4º "* Asistir en la coordinación y la puesta en marcha y funcionamiento de los Foros de Consulta Ciudadana para la elaboración del Plan Estatal de Desarrollo y Programas Sectoriales, así como para su respectiva actualización. * Auxiliar en la elaboración, diseño e integración del Plan Estatal de Desarrollo y sus Programas Sectoriales, así como su respectiva actualización. * Coadyuvar en el proceso de elaboración e integración del Informe de Gobierno desde la preparación de la información, diseño, hasta la impresión del documento y la distribución de ejemplares. * Fungir como enlace de las dependencias coordinadoras de sector en apoyo a la integración del Informe de Gobierno. * Apoyar en la asesoría y capacitación para el uso del Sistema de Integración de Informe de Gobierno (SIIG) y Tablero de Indicadores, así como en temas generales de Planeación Estratégica. * Coordinar el proceso de definición y seguimiento de indicadores sectoriales.  Ser enlace de las dependencias coordinadoras de sector en apoyo a la definición y seguimiento de indicadores por sector. * Coordinar y dar seguimiento a la elaboración de los Reportes Trimestrales por sector. * Apoyar en el seguimiento de Proyectos Especiales asignados a la Secretaría Técnica del Gabinete. * Estas funciones son enunciativas más no limitativas." http://www.cegaipslp.org.mx/HV2023.nsf/969A2CBE84E1903506258A6200695501/$file/DIRECTOR%20GENERAL%2017-02.pdf 0 Área Administrativa 07/02/2025 El personal se encuentra adscrito a la Secretaría Técnica del Gabinete, como Área Administrativa. 2025 01/01/2025 31/01/2025 Secretaría Técnica del Gabinete Directora General Directora General Secretaría Técnica del Gabinete Decreto Administrativo mediante el cual se establece la Estructura Orgánica de la Unidad Administrativa de la Secretaría Técnica del Gabinete y se Reglamenta su Funcionamiento. CAPITULO I, Art. 4º * Atención de asuntos oficiales asignados por el C. Gobernador del Estado. http://www.cegaipslp.org.mx/HV2023.nsf/969A2CBE84E1903506258A6200695501/$file/DIRECTOR%20GENERAL%2017-02.pdf 0 Área Administrativa 07/02/2025 El personal se encuentra adscrito a la Secretaría Técnica del Gabinete, como Área Administrativa. 2025 01/01/2025 31/01/2025 Secretaría Técnica del Gabinete Director Técnico Director de Área Secretaría Técnica del Gabinete Decreto Administrativo mediante el cual se establece la Estructura Orgánica de la Unidad Administrativa de la Secretaría Técnica del Gabinete y se Reglamenta su Funcionamiento, y el Decreto Administrativo mediante el cual se reforman los artículos 4°, 5°, 6°, 7°, 8°, 9°. CAPITULO I, Artículo 4° y 7°. "I. Planear y coordinar los Programas de Trabajo y el desarrollo de las actividades de las unidades administrativas a su cargo; II. Proponer a la persona titular de la Secretaria Técnica del Gabinete las políticas, lineamientos y criterios, así como prestar el apoyo técnico que se requiere para la formulación, implementación y control de programas que estén a su cargo; III. Proponer las bases de colaboración y articulación entre las dependencias y entidades de la administración pública estatal conforme a sus funciones específicas, así como las formas de gestión pública que propicien su mejor desempeño; IV. Coordinar, clasificar, controlar y dar seguimiento de manera eficiente a la información recibida y emitida por la Secretaría Técnica del Gabinete; V. Formular los dictámenes, opiniones e informes que le sean encomendados por el o la titular de la Secretaría Técnica del Gabinete; VI. Suscribir los documentos relativos al ejercicio de sus facultades o atribuciones, así como los concernientes a los asuntos que le sean delegados o que le corresponden por suplencia; VII. Llevar la administración de recursos presupuestales, materiales y humanos de la Secretaría Técnica del Gabinete conforme a la legislación aplicable. VIII. Acordar con la o el titular de la Secretaría Técnica del Gabinete la resolución de los asuntos que se tramitan en el área de su competencia; IX. Proponer a la persona titular de la Secretaría Técnica del Gabinete la delegación a servidores públicos subalternos de funciones; X. Promover el cumplimiento de la normatividad interna y la eficiencia en el desempeño de las funciones del personal adscrito a la Secretaría Técnica del Gabinete; XI. Expedir, cuando así proceda, los documentos y constancias existentes en la Secretaría Técnica del Gabinte; XII. Por instrucción de la persona titular de la Secretaría Técnica del Gabinete, asistir en su representación a las reuniones intersecretariales de gabinete o comisiones; XIII. Coordinar y dar seguimiento puntual a los acuerdos emitidos en el seno de las reuniones sectoriales e intersectoriales, e intersecretariales de gabinete o de comisiones, vigilando e informando sobre el cumplimiento respectivo; XIV. Emitir los documentos de seguimiento a los responsables de los trabajos intersecretariales, de gabinete o comisión sobre el estado que guardan los acuerdos emitidos, y
XV. Las demás que señalen las leyes, Decretos, Reglamentos y Manuales aplicables, así como aquellas que le delegue la o el titular de la Secretaría Técnica del Gabinete." http://www.cegaipslp.org.mx/HV2023.nsf/969A2CBE84E1903506258A6200695501/$file/DIRECTOR%20GENERAL%2017-02.pdf 0 Área Administrativa 07/02/2025 El personal se encuentra adscrito a la Secretaría Técnica del Gabinete, como Área Administrativa. 2025 01/01/2025 31/01/2025 Secretaría Técnica del Gabinete Director de Vinculación Social Director de Área Secretaría Técnica del Gabinete Decreto Administrativo mediante el cual se establece la Estructura Orgánica de la Unidad Administrativa de la Secretaría Técnica del Gabinete y se Reglamenta su Funcionamiento, y el Decreto Administrativo mediante el cual se reforman los artículos 4°, 5°, 6°, 7°, 8°, 9°. CAPITULO I, Artículo 4° y 8°. "I. Proponer al titular de la Secretaría Técnica del Gabinete las políticas, lineamientos y criterios, así como prestar el apoyo técnico que se requiere para la formulación, implementación y control de Programas a cargo de ésta; II. Dar seguimiento a los casos específicos que por instrucciones del Gobernador del Estado le sean encomendadas a la Secretaría Técnica del Gabinete, gestionando éstas ante las entidades de los tres órdenes de gobierno para procurar su resolución pronta, oportuna y eficaz; III. Elaborar el Proyecto de agenda de reuniones de Gabinete legal y ampliado, así como de los gabinetes sectoriales o intersecretariales o de reuniones intersecretariales, y someterlo a consideración del Secretario Técnico del Gabinete; IV. Proporcionar el apoyo logístico para la realización de reuniones de gabinete y de comisiones; V. Evaluar el grado de avance en la atención de las solicitudes, a través de las reuniones periódicas de gabinete y comisiones de los tres órdenes de gobierno; VI. Realizar las acciones pertinentes con la finalidad de mantener el óptimo funcionamiento y la vinculación con los Gabinetes; VII. Dar seguimiento, en el ámbito de su competencia, al debido cumplimiento de las acciones y órdenes que expresamente determine el o la titular de la Secretaría Técnica del Gabinete; VIII. Proveer oportunamente la información que se requiera, sobre la gestión y seguimiento de las solicitudes específicas que por instrucciones del Gobernador del Estado sean encomendadas a la Secretaría Técnica del Gabinete; IX. Informar con regularidad al Secretario Técnico del Gabinete, sobre los avances y resultados de los asuntos de su competencia, así como sobre los asuntos que por su naturaleza requieren de su intervención; X. Coordinar de manera eficiente el control y seguimiento de la información recibida y emitida por la Secretaría Técnica del Gabinete; XI. Apoyar en la formulación del Programa Operativo Anual de la Secretaría Técnica de Gabinete; XII. Coordinar los trabajos de la Secretaría enla Comisión Intersecretarial de Cambio Climático, y
XIII. Las demás que señalen las Leyes, Decretos, Reglamentos y Manuales aplicables, así como aquellas que le confiera el Secretario Técnico del Gabinete. " http://www.cegaipslp.org.mx/HV2023.nsf/969A2CBE84E1903506258A6200695501/$file/DIRECTOR%20GENERAL%2017-02.pdf 0 Área Administrativa 07/02/2025 El personal se encuentra adscrito a la Secretaría Técnica del Gabinete, como Área Administrativa. 2025 01/01/2025 31/01/2025 Secretaría Técnica del Gabinete Director de Evaluación y Seguimiento Director de Área Secretaría Técnica del Gabinete Decreto Administrativo mediante el cual se establece la Estructura Orgánica de la Unidad Administrativa de la Secretaría Técnica del Gabinete y se Reglamenta su Funcionamiento. CAPITULO I, Art. 4º "I. Clasificar y sistematizar la información concerniente al estado que guardan los acuerdos y compromisos derivados de las reuniones de trabajo, con objeto de ser fuente confiable de análisis para la toma de decisiones; II. Integrar un Sistema Informático de Recepción y Seguimiento, que permita jerarquizar la información de requerimientos para la gestión y cumplimiento de las solicitudes específicas que por instrucciones del Gobernador del Estado sean encomendadas a la Secretaría Técnica del Gabinete, a fin de inducir acciones que permitan su inmediata atención y solución; III. Atender las solicitudes específicas encomendadas a la Secretaria Técnica del Gabinete, para seguimiento y su evaluación, ante las instancias públicas de los tres órdenes de gobierno que correspondan; IV. Evaluar el cumplimiento de los acuerdos que dentro de las comisiones y gabinetes tengan prioridad para su cumplimiento, dentro de los objetivos de las políticas de gobierno; V. Operar los instrumentos de evaluación de los acuerdos que permita detectar su grado de avance, así como los mecanismos que permitan su cabal cumplimiento; VI. Generar los documentos y reportes necesarios de información que permitan una adecuada toma de decisiones; VII. Registrar y relacionar los acuerdos tomados dentro de las reuniones de gabinetes y comisiones; VIII. Coordinar la atención y seguimiento a toda información solicitada o encomienda ordenada por la persona titular de la Secretaría Técnica del Gabinete; IX. Dar seguimiento a las gestiones que realice la Secretaría Técnica del Gabinete ante instituciones de los tres órdenes de gobierno, con el fin de eficientar sus resultados; X. Informar periódicamente a la o el titular de la Secretaría Técnica del Gabinete sobre los avances y resultados de los asuntos que le sean encomendados y aquellos que sean de su competencia; XI. Coordinar a las dependencias y organismos del Gobierno del Estado en la integración del Informe que guarda la Administración Pública Estatal; XII. Tener acceso y utilizar los Bancos y Bases de Datos existentes en el Estado a cargo de las dependencias y entidades de la administración pública estatal para obtener, cruzar y validar información, a fin de generar informes situacionales en las diversas materias que requiera el Gobernador del Estado. Las dependencias y entidades a cargo de dichos Bancos y Bases de Datos, facilitarán el acceso de la Secretaría Técnica del Gabinete a los mismos a través de los mecanismos, claves o protocolos de seguridad que en su caso correspondan; XIII. Apoyar en la formulación del Programa Operativo Anual de la Secretaria Técnica del Gabinete; XIV. Coordinar a las dependencias y organismos de la administración pública estatal para la integración de los informes ejecutivos en el proceso de entrega–recepción de la administración en turno, y
XV. Los demás que le señalen las Leyes, Regl



Bitácora de registro y acuse

Tabla de aplicabilidad88EA2B5FD25B2A6E06258C2A005BC6EACreado el 02/07/2025 10:44:28 AM
Carátula de registroF1DC2FE7103A2A9506258C2A005BD69BAutorstg slp
Registro367BE666E1E32D8F06258C2A005BF68FTipo de documento1 Registro general




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