Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública
del Estado de San Luis Potosí

Sujeto Obligadomore slp
Partido Movimiento de Regeneración Nacional

Periodo
02 Febrero2025

ObligaciónAdemás de lo señalado en el artículo 84 de la presente Ley, los partidos políticos con inscripción o registro en el Estado, las agrupaciones políticas estatales y las personas morales constituidas en asociación civil creadas por los ciudadanos que pretendan postular su candidatura independiente, según corresponda, deberán poner a disposición del público, de oficio, y en forma completa y actualizada la siguiente información

Obligación específica.
El tabulador de remuneraciones que perciben los integrantes de los órganos a que se refiere la fracción anterior y de los demás funcionarios partidistas, que deberá vincularse con el directorio y estructura orgánica; así como cualquier persona que reciba ingresos por parte del partido político, independientemente de la función que desempeñe dentro o fuera del partido

A ) Artículo90

B ) FracciónXVII

C ) Inciso


Registro general

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LTAIPSLP90FXVII.xlsx

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http://www.cegaipslp.org.mx/webcegaip2025.nsf/nombre_de_la_vista/3DFFF5AF29877FF306258C490081C1CB/$File/LTAIPSLP90FXVII.xlsx




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TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN
Tabulador de remuneraciones de integrantes de órganos de dirección LTAIPSLP90FXVII En este apartado se deberán publicar de las remuneraciones que perciben todos los funcionarios partidistas, los integrantes de los órganos de dirección, así como cualquier persona que reciba ingresos por parte del partido político, independientemente de la función que desempeñe dentro o fuera del partido de los ámbitos nacional, estatal y municipal. Tabla Campos
Ejercicio Fecha de inicio del periodo que se informa Fecha de término del periodo que se informa Denominación del órgano de dirección Nombre(s) de la persona funcionaria partidista o similar Primer apellido de la persona funcionaria partidista o similar Segundo apellido de la persona funcionaria partidista o similar ESTE CRITERIO APLICA A PARTIR DEL 01/04/2023 -> Sexo (catálogo) Denominación del puesto Denominación del área Tipo de remuneración (catálogo) Monto mensual de remuneración neta (sin impuestos ni prestaciones) Monto mensual de impuestos por remuneración neta Monto mensual de prestaciones Monto mensual de remuneración total Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información Fecha de actualización Nota
2025 01/02/2025 28/02/2025 Presidencia Rita Ozalia Rodríguez Velázquez Mujer Presidenta Presidencia Se percibe remuneración 40000 40000 40000 40000 Secretaria de Finanzas 10/03/2025 "Este sujeto obligado si está facultado para generar la información requerida, no obstante en lo relativo al monto mensual de impuestos por remuneración neta y monto mensual de prestaciones se informa que conforme a lo establecido en el Código Civil Federal en sus artículos 2606 donde se establece la regulación de los contratos de prestación de servicios, señala que cuando una persona se obliga a realizar cierto trabajo a cambio de una retribución, sin que exista subordinación, dicha situación respalda que esta figura no implique prestaciones laborales. De igual modo de conformidad con la Ley General de Partidos Políticos en su artículo 25 inciso n, señala que el uso de sus recursos debe ser destinado a fines partidistas, por lo que el personal contratado bajo la figura de prestación de servicios es una estrategia para optimizar el uso de recursos de este Comité, como contratar personal para tareas específicas bajo regímenes no laborales. Por su parte Código Fiscal de la Federación en su artículo 29 y 29-A, determina que las personas físicas que prestan servicios profesionales deben emitir comprobantes fiscales y pagar sus propios impuestos, lo que refuerza la naturaleza independiente de la relación contractual. Por tanto, este Comité Ejecutivo Estatal no están obligados a pagar prestaciones a quienes contratan bajo el régimen de prestación de servicios profesionales, ya que esta relación está regulada por el Código Civil y no por la Ley Federal del Trabajo. Además, deriva de la obligación de optimizar recursos conforme a la Ley General de Partidos Políticos. 2025 01/02/2025 28/02/2025 Secretaría De Organización Mario Alberto Godoy Ramos Hombre Secretario de Organización Secretaría De Organización Se percibe remuneración 30000 30000 30000 30000 Secretaria de Finanzas 10/03/2025 "Este sujeto obligado si está facultado para generar la información requerida, no obstante en lo relativo al monto mensual de impuestos por remuneración neta y monto mensual de prestaciones se informa que conforme a lo establecido en el Código Civil Federal en sus artículos 2606 donde se establece la regulación de los contratos de prestación de servicios, señala que cuando una persona se obliga a realizar cierto trabajo a cambio de una retribución, sin que exista subordinación, dicha situación respalda que esta figura no implique prestaciones laborales. De igual modo de conformidad con la Ley General de Partidos Políticos en su artículo 25 inciso n, señala que el uso de sus recursos debe ser destinado a fines partidistas, por lo que el personal contratado bajo la figura de prestación de servicios es una estrategia para optimizar el uso de recursos de este Comité, como contratar personal para tareas específicas bajo regímenes no laborales. Por su parte Código Fiscal de la Federación en su artículo 29 y 29-A, determina que las personas físicas que prestan servicios profesionales deben emitir comprobantes fiscales y pagar sus propios impuestos, lo que refuerza la naturaleza independiente de la relación contractual. Por tanto, este Comité Ejecutivo Estatal no están obligados a pagar prestaciones a quienes contratan bajo el régimen de prestación de servicios profesionales, ya que esta relación está regulada por el Código Civil y no por la Ley Federal del Trabajo. Además, deriva de la obligación de optimizar recursos conforme a la Ley General de Partidos Políticos. 2025 01/02/2025 28/02/2025 Secretaría De Comunicación, Difusión Y Propaganda María Reyna Angelica Gómez Martínez Mujer Secretaria de Comunicación, difusión y propaganda Secretaría De Comunicación, Difusión Y Propaganda Se percibe remuneración 30000 30000 30000 30000 Secretaria de Finanzas 10/03/2025 "Este sujeto obligado si está facultado para generar la información requerida, no obstante en lo relativo al monto mensual de impuestos por remuneración neta y monto mensual de prestaciones se informa que conforme a lo establecido en el Código Civil Federal en sus artículos 2606 donde se establece la regulación de los contratos de prestación de servicios, señala que cuando una persona se obliga a realizar cierto trabajo a cambio de una retribución, sin que exista subordinación, dicha situación respalda que esta figura no implique prestaciones laborales. De igual modo de conformidad con la Ley General de Partidos Políticos en su artículo 25 inciso n, señala que el uso de sus recursos debe ser destinado a fines partidistas, por lo que el personal contratado bajo la figura de prestación de servicios es una estrategia para optimizar el uso de recursos de este Comité, como contratar personal para tareas específicas bajo regímenes no laborales. Por su parte Código Fiscal de la Federación en su artículo 29 y 29-A, determina que las personas físicas que prestan servicios profesionales deben emitir comprobantes fiscales y pagar sus propios impuestos, lo que refuerza la naturaleza independiente de la relación contractual. Por tanto, este Comité Ejecutivo Estatal no están obligados a pagar prestaciones a quienes contratan bajo el régimen de prestación de servicios profesionales, ya que esta relación está regulada por el Código Civil y no por la Ley Federal del Trabajo. Además, deriva de la obligación de optimizar recursos conforme a la Ley General de Partidos Políticos. 2025 01/02/2025 28/02/2025 Secretaría De Educación, Formación Y Capacitación Política Roxana Hernández Herrera Mujer Secretaria de Educación, Formación y Capacitación Politica Secretaría De Educación, Formación Y Capacitación Política Se percibe remuneración 30000 30000 30000 30000 Secretaria de Finanzas 10/03/2025 "Este sujeto obligado si está facultado para generar la información requerida, no obstante en lo relativo al monto mensual de impuestos por remuneración neta y monto mensual de prestaciones se informa que conforme a lo establecido en el Código Civil Federal en sus artículos 2606 donde se establece la regulación de los contratos de prestación de servicios, señala que cuando una persona se obliga a realizar cierto trabajo a cambio de una retribución, sin que exista subordinación, dicha situación respalda que esta figura no implique prestaciones laborales. De igual modo de conformidad con la Ley General de Partidos Políticos en su artículo 25 inciso n, señala que el uso de sus recursos debe ser destinado a fines partidistas, por lo que el personal contratado bajo la figura de prestación de servicios es una estrategia para optimizar el uso de recursos de este Comité, como contratar personal para tareas específicas bajo regímenes no laborales. Por su parte Código Fiscal de la Federación en su artículo 29 y 29-A, determina que las personas físicas que prestan servicios profesionales deben emitir comprobantes fiscales y pagar sus propios impuestos, lo que refuerza la naturaleza independiente de la relación contractual. Por tanto, este Comité Ejecutivo Estatal no están obligados a pagar prestaciones a quienes contratan bajo el régimen de prestación de servicios profesionales, ya que esta relación está regulada por el Código Civil y no por la Ley Federal del Trabajo. Además, deriva de la obligación de optimizar recursos conforme a la Ley General de Partidos Políticos. 2025 01/02/2025 28/02/2025 Secretaría De Mujeres Ma. De Los Ángeles Castillo Rodríguez Mujer Secretaria de Mujeres Secretaría De Mujeres Se percibe remuneración 30000 30000 30000 30000 Secretaria de Finanzas 10/03/2025 "Este sujeto obligado si está facultado para generar la información requerida, no obstante en lo relativo al monto mensual de impuestos por remuneración neta y monto mensual de prestaciones se informa que conforme a lo establecido en el Código Civil Federal en sus artículos 2606 donde se establece la regulación de los contratos de prestación de servicios, señala que cuando una persona se obliga a realizar cierto trabajo a cambio de una retribución, sin que exista subordinación, dicha situación respalda que esta figura no implique prestaciones laborales. De igual modo de conformidad con la Ley General de Partidos Políticos en su artículo 25 inciso n, señala que el uso de sus recursos debe ser destinado a fines partidistas, por lo que el personal contratado bajo la figura de prestación de servicios es una estrategia para optimizar el uso de recursos de este Comité, como contratar personal para tareas específicas bajo regímenes no laborales. Por su parte Código Fiscal de la Federación en su artículo 29 y 29-A, determina que las personas físicas que prestan servicios profesionales deben emitir comprobantes fiscales y pagar sus propios impuestos, lo que refuerza la naturaleza independiente de la relación contractual. Por tanto, este Comité Ejecutivo Estatal no están obligados a pagar prestaciones a quienes contratan bajo el régimen de prestación de servicios profesionales, ya que esta relación está regulada por el Código Civil y no por la Ley Federal del Trabajo. Además, deriva de la obligación de optimizar recursos conforme a la Ley General de Partidos Políticos. 2025 01/02/2025 28/02/2025 Administrador Ozelotl Ariel Badillo Moreno Mujer Administrador Administrador Se percibe remuneración 21000 21000 21000 21000 Secretaria de Finanzas 10/03/2025 "Este sujeto obligado si está facultado para generar la información requerida, no obstante en lo relativo al monto mensual de impuestos por remuneración neta y monto mensual de prestaciones se informa que conforme a lo establecido en el Código Civil Federal en sus artículos 2606 donde se establece la regulación de los contratos de prestación de servicios, señala que cuando una persona se obliga a realizar cierto trabajo a cambio de una retribución, sin que exista subordinación, dicha situación respalda que esta figura no implique prestaciones laborales. De igual modo de conformidad con la Ley General de Partidos Políticos en su artículo 25 inciso n, señala que el uso de sus recursos debe ser destinado a fines partidistas, por lo que el personal contratado bajo la figura de prestación de servicios es una estrategia para optimizar el uso de recursos de este Comité, como contratar personal para tareas específicas bajo regímenes no laborales. Por su parte Código Fiscal de la Federación en su artículo 29 y 29-A, determina que las personas físicas que prestan servicios profesionales deben emitir comprobantes fiscales y pagar sus propios impuestos, lo que refuerza la naturaleza independiente de la relación contractual. Por tanto, este Comité Ejecutivo Estatal no están obligados a pagar prestaciones a quienes contratan bajo el régimen de prestación de servicios profesionales, ya que esta relación está regulada por el Código Civil y no por la Ley Federal del Trabajo. Además, deriva de la obligación de optimizar recursos conforme a la Ley General de Partidos Políticos. 2025 01/02/2025 28/02/2025 Titular De La Unidad De Transparencia Alan Salim Soriano Acosta Hombre Titular de la Unidad de Transparencia Titular De La Unidad De Transparencia Se percibe remuneración 20000 20000 20000 20000 Secretaria de Finanzas 10/03/2025 "Este sujeto obligado si está facultado para generar la información requerida, no obstante en lo relativo al monto mensual de impuestos por remuneración neta y monto mensual de prestaciones se informa que conforme a lo establecido en el Código Civil Federal en sus artículos 2606 donde se establece la regulación de los contratos de prestación de servicios, señala que cuando una persona se obliga a realizar cierto trabajo a cambio de una retribución, sin que exista subordinación, dicha situación respalda que esta figura no implique prestaciones laborales. De igual modo de conformidad con la Ley General de Partidos Políticos en su artículo 25 inciso n, señala que el uso de sus recursos debe ser destinado a fines partidistas, por lo que el personal contratado bajo la figura de prestación de servicios es una estrategia para optimizar el uso de recursos de este Comité, como contratar personal para tareas específicas bajo regímenes no laborales. Por su parte Código Fiscal de la Federación en su artículo 29 y 29-A, determina que las personas físicas que prestan servicios profesionales deben emitir comprobantes fiscales y pagar sus propios impuestos, lo que refuerza la naturaleza independiente de la relación contractual. Por tanto, este Comité Ejecutivo Estatal no están obligados a pagar prestaciones a quienes contratan bajo el régimen de prestación de servicios profesionales, ya que esta relación está regulada por el Código Civil y no por la Ley Federal del Trabajo. Además, deriva de la obligación de optimizar recursos conforme a la Ley General de Partidos Políticos. 2025 01/02/2025 28/02/2025 Presidencia Norma Angelica Márquez Vázquez Mujer Representante Propietaria ante el Instituto Nacional Electoral Presidencia Se percibe remuneración 15000 15000 15000 15000 Secretaria de Finanzas 10/03/2025 "Este sujeto obligado si está facultado para generar la información requerida, no obstante en lo relativo al monto mensual de impuestos por remuneración neta y monto mensual de prestaciones se informa que conforme a lo establecido en el Código Civil Federal en sus artículos 2606 donde se establece la regulación de los contratos de prestación de servicios, señala que cuando una persona se obliga a realizar cierto trabajo a cambio de una retribución, sin que exista subordinación, dicha situación respalda que esta figura no implique prestaciones laborales. De igual modo de conformidad con la Ley General de Partidos Políticos en su artículo 25 inciso n, señala que el uso de sus recursos debe ser destinado a fines partidistas, por lo que el personal contratado bajo la figura de prestación de servicios es una estrategia para optimizar el uso de recursos de este Comité, como contratar personal para tareas específicas bajo regímenes no laborales. Por su parte Código Fiscal de la Federación en su artículo 29 y 29-A, determina que las personas físicas que



Bitácora de registro y acuse

Tabla de aplicabilidad50B493CFC4964B6706258C490081B451Creado el 03/10/2025 05:37:17 PM
Carátula de registroEEBE822C985793A506258C490081B814Autormore slp
Registro3DFFF5AF29877FF306258C490081C1CBTipo de documento1 Registro general




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